
Corte avala prohibición de la tauromaquia y la extiende a las peleas de gallos
La Sala Plena de la Corte Constitucional no solo avaló la ley que prohíbe las corridas de toros y las novilladas y la extendió a otras actividades que inicialmente no se habían contemplado en la ley como las peleas de gallos.
La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló la Ley 2385 de 2024 que dispone que a partir de 2027 queden prohibidas las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas.
Se trata de una ley que finalmente optó por prohibir una actividad cuestionable por el maltrato al que son sometidos los animales involucrados y de una decisión mayoritaria en el Congreso que, según dijo la Corte Constitucional en 2012, era el único que podía ordenar una prohibición total en el país.
Con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero y de forma unánime, la Sala Plena extendió la prohibición a las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos que inicialmente no estaban prohibidas en la ley. Esa prohibición, no obstante, no empieza a regir desde ya, sino que dio un plazo de tres años “con el fin de que se inicien los procesos de reconversión laboral y cultural correspondientes a estas actividades”.
Inicialmente, la oficina de prensa de la Corte Constitucional había informado que la decisión también incluía la prohibición de las cabalgatas, pero luego indicó que fue un error humano y que estas actividades sí se pueden hacer.
La Sala no encontró que la prohibición vulnerara derecho alguno, como a la diversidad cultural y al libre desarrollo de la personalidad, que era lo que alegaban los demandantes. Además, dijo que la normatividad no implica un impacto fiscal alguno que obligara a tumbar la norma.
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