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Una nueva iniciativa para permitir el voto de militares y policías fue presentado nuevamente en el congreso. Crédito: Ejército Nacional.
Una nueva iniciativa para permitir el voto de militares y policías fue presentado nuevamente en el congreso. Crédito: Ejército Nacional.
Poder

Radican un nuevo proyecto para que militares y policías puedan votar: ¿tiene futuro la iniciativa?

La propuesta busca modificar la Constitución para permitir que los integrantes de la fuerza pública en servicio activo participen en las elecciones. Sin embargo, analistas advierten que la iniciativa podría afectar la neutralidad e independencia de las instituciones armadas.

Por: Javier Patiño C

En su primer día como senador de la República, Germán Rodríguez, del partido Salvación Nacional y exinfante de Marina, radicó un proyecto de acto legislativo con el propósito de permitir que los integrantes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en servicio activo puedan ejercer el derecho al voto.

Rodríguez, quien asumió por primera vez una curul en el Congreso, aseguró que esta iniciativa busca reconocer un derecho que, en su criterio, les ha sido negado a los uniformados.

"Que voten. Nosotros no somos ciudadanos de segunda. En muchos países también votan los uniformados", afirmó el congresista.

La propuesta deberá surtir el trámite correspondiente en la Comisión Primera del Senado, ya que implica una reforma constitucional. Aunque el derecho al sufragio es una garantía fundamental para los ciudadanos colombianos, la Constitución establece una excepción para los miembros de la fuerza pública mientras permanezcan en servicio activo.

Esta restricción tiene como finalidad preservar la neutralidad política de las instituciones armadas y garantizar su subordinación al poder civil.

El artículo 219 de la Constitución Política establece:

"La fuerza pública no es deliberante; no podrá reunirse sino por orden de autoridad legítima, ni dirigir peticiones, excepto sobre asuntos que se relacionen con el servicio y la moralidad del respectivo cuerpo y con arreglo a la ley. Los miembros de la fuerza pública no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos".

Esta disposición garantiza la imparcialidad de los integrantes de la fuerza pública y evita que sus funciones se vean influenciadas por intereses políticos o partidistas.

El abogado constitucionalista Enrique Parra explica que la norma es clara al establecer que ningún integrante de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional puede ejercer el derecho al voto mientras permanezca en servicio activo.

"En términos generales, esta disposición busca evitar que las instituciones encargadas de garantizar el orden público y la seguridad nacional puedan verse influenciadas por intereses políticos o partidistas", señala el jurista.

Parra agrega que, una vez el uniformado se retira oficialmente del servicio y esa novedad es reportada a las autoridades electorales, recupera plenamente su derecho al sufragio al ser reincorporado al censo electoral.

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Crédito: Ejército Nacional

¿Por qué los militares y policías colombianos no votan?

Para el analista político Andrés Valenzuela, la restricción constitucional no pretende vulnerar los derechos de los integrantes de la fuerza pública, sino evitar conflictos entre la función militar y los intereses políticos.

"La Constitución es clara al establecer que las Fuerzas Militares y la Policía tienen la misión de proteger a todos los ciudadanos, sin importar sus preferencias políticas. Permitir su participación electoral podría generar cuestionamientos sobre su imparcialidad", explica.

No obstante, un excomandante de las Fuerzas Militares, que habló con CAMBIO, considera que los uniformados también son ciudadanos y, por tanto, deberían tener la posibilidad de elegir a sus gobernantes.

"En varios países de América Latina se han modificado las leyes para ampliar los derechos políticos de los uniformados. Otros mantienen restricciones parciales o totales", afirma.

El exalto oficial señala que países como Brasil, Perú, Chile, Argentina y México permiten que militares y policías ejerzan el derecho al voto, aunque bajo estrictas condiciones de neutralidad política y sin que ello implique participación en actividades partidistas.

Por su parte, Enrique Parra recuerda que la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-872 de 2003, reiteró que la fuerza pública tiene como misión servir a la comunidad, garantizar la efectividad de los derechos y deberes constitucionales, defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica.

A juicio del jurista, Colombia aún no está preparada para habilitar el voto de los uniformados en servicio activo.

"Permitir el sufragio podría debilitar el principio de unidad de mando y abrir la puerta a que las instituciones armadas sean percibidas como actores políticos. El derecho al voto podría derivar en presiones para participar en manifestaciones o actividades partidistas, lo que afectaría el carácter no deliberante de la fuerza pública", sostiene.

Una posición similar plantea el historiador Carlos García, quien considera que la iniciativa podría modificar uno de los principios fundamentales sobre los cuales ha funcionado la fuerza pública en Colombia.

"Si los uniformados adquieren el derecho al voto, existe el riesgo de que aumenten los cuestionamientos sobre su imparcialidad y se debilite el principio de neutralidad política que hoy protege la Constitución", afirma.

El historiador concluye que una eventual reforma podría afectar la unidad de mando dentro de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, al poner en tensión el principio de obediencia y subordinación que rige la estructura institucional.

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