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¿Puede el presidente Petro convocar una constituyente sin pasar por el Congreso?
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La idea del presidente Petro de convocar a una constituyente sigue sin tomar forma. El presidente pidió concentrarse en el “fondo” de la propuesta, mientras que los jefes de la oposición alertan de una convocatoria por decreto. ¿Es posible?
Por: Redacción Cambio
Desde hace un mes la idea de hacer una Asamblea Constituyente que lanzó el presidente Gustavo Petro aparece de vez en cuando para generar controversia. La propuesta sigue sin tener forma y a la fecha no se sabe cuándo ni cómo sería convocada. Por eso, la incertidumbre sobre un escenario inédito en los últimos 30 años en Colombia se ha tomado a todos los sectores políticos.
En la más reciente entrevista concedida a un medio de comunicación, el presidente Petro habló sobre el tema, pero dejó más preguntas que respuestas. El mandatario fue interrogado por el director de Noticias RCN, José Manuel Acevedo, sobre cómo se convocaría a esa hipotética constituyente y si se acudiría al Congreso. La respuesta de Petro fue la siguiente:
“La Constitución establece las vías del poder constituyente. El poder constituyente no se convoca, es el pueblo el que se convoca a él mismo, para decidir sobre aspectos fundamentales del país. Yo pienso que ya arrancó, tenemos una población que cada vez más decide y eso debe terminar en un instrumento de aplicación constitucional, como la Constitución del 91. Yo los invitaría a que miraran menos la forma que el contenido. Sin contenido no hay formas”, dijo el presidente.
El revuelo por la ambigüedad de la respuesta hizo que Petro intentara explicar en X la ruta de su constituyente. Para hacerlo, el jefe de Estado publicó un trino en el que aseguró que había “malformaciones en la mente” de sus críticos. Además, referenció un artículo web sobre filosofía y los conceptos de contenido y forma.
Los vacíos en las explicaciones del presidente sobre el cómo se daría su propuesta constituyente han sido capitalizados por dos jefes opositores: Germán Vargas Lleras y Álvaro Uribe Vélez.
Vargas Lleras insiste en que el Gobierno no tramitará ninguna idea de constituyente a través del Congreso sino que acudirá a decretos de emergencia. El líder de Cambio Radical se ha mantenido en sus declaraciones a pesar de haber sido desmentido por el ministro de Justicia, Néstor Osuna.
“Me comentan algunas personas. Yo fui ministro de Justicia, aún conservo amigos en ese ministerio. Me advirtieron que ya estaban trabajando y preparando los textos de ese decreto. Además, me advirtieron que están estructurando un nuevo conjunto de derechos, que serán el alicate para vender la Constituyente”, dijo el exvicepresidente.
Por su parte, Uribe Vélez dijo que “la propuesta constitucional del presidente Gustavo Petro no tiene ningún asidero, como sí lo pudo tener la convocatoria por decreto de excepción de la Constitución de 1991. La Constitución del 86 tenía más amplitud en cuanto a las posibilidades de los decretos de estado de sitio”.
¿Constituyente por decreto?
El antecedente más cercano en Colombia de convocatoria a una constituyente es el de la carta política de 1991. Ese proceso logró materializarse gracias a decretos presidenciales de Virgilio Barco y César Gaviria.
El primero de ellos fue el decreto 927 de 1990 mediante el cual el presidente Barco ordenó contabilizar los votos sobre el tema de la constituyente en las elecciones de ese mismo año. Para justificar el decreto, Barco invocó otro, el 1034 de 1984 en el que se declaró el Estado de Sitio en todo el país por las alteraciones al orden público. Otras justificaciones fueron “el fortalecimiento institucional” y atender la voluntad popular que se había manifestado en el movimiento de la séptima papeleta.
Luego, el presidente César Gaviria expidió el Decreto 1926 con el cual se fijó la fecha de las elecciones de los constituyentes, así como las reglas de la asamblea. Gaviria también invocó el estado de sitio.
Sin embargo, hoy en día este mecanismo no sería posible, pues la misma Constitución de 1991 fijó las reglas para convocar a una nueva asamblea nacional. El proceso es sencillo. Primero hay que tramitar un proyecto de ley convocante que sea votado por la mayoría del Senado y la Cámara.
Luego, someter a votación la ley aprobada. Aquí necesitaría el voto afirmativo de mínimo la tercera parte del censo electoral, lo que representa alrededor de 13 millones de votos. Finalmente, se tendrían que convocar las elecciones de los integrantes de la constituyente.
Para Esteban Hoyos, profesor de Derecho Constitucional y decano de la Escuela de Derecho de la Universidad Eafit, “es inconveniente y riesgoso discutir cualquier propuesta de origen gubernamental que pretenda apartarse de lo dispuesto en la propia Constitución en lo que tiene que ver con su reforma”.
Hoyos agregó que “la Constitución no es hoy el obstáculo para concretar los cambios propuestos por el Gobierno. Estos cambios son, sobre todo, de tipo legislativo y administrativo”.
Por su parte, Kenneth Burbano, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, explicó que “hacer una convocatoria a la asamblea constituyente por decreto de estado de excepción es contrario a la Constitución, no pasaría el examen en la Corte ”. Burbano afirmó que, por tiempos, la constituyente no alcanzaría a materializarse antes del final del mandato de Gustavo Petro.
El camino del referendo para aprobar modificaciones a la Constitución también parece lejano, principalmente por la mecánica política. Para que una reforma a la carta política sea aprobada por este camino, necesita del voto afirmativo de más de la mitad de los votantes y con la participación de mínimo la cuarta parte del censo electoral. Algo que, en la coyuntura actual, sería poco probable.
Ni siquiera Álvaro Uribe, con su alta popularidad, logró tener éxito en su referendo de 2003, en el que solo se aprobó una reforma de 15 propuestas.
Por ello, aunque constitucionalmente la convocatoria a una asamblea nacional está blindada a interpretaciones y malabares del Gobierno, la falta de claridad sobre el camino que seguiría el presidente alimenta la incertidumbre. Parece una propuesta intencionalmente ambigua, pero aún no hay certeza de cuál es el objetivo.