Luis Alberto Arango
2 Junio 2023

Luis Alberto Arango

Reforma laboral o síndrome sindicalista

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Ante la baja tasa sindical, la reforma laboral quiere imponer por la fuerza de la ley lo que los sindicatos no han logrado por mérito propio.


La propuesta de reforma laboral del gobierno de Gustavo Petro, no deja de generar controversia. Aunque bienintencionada en su deseo de proteger los derechos de los trabajadores, peca de una visión sesgada y unilateral de la realidad laboral colombiana. 

Bajo la premisa de fomentar la asociación sindical, deja a un lado la importancia de mantener el equilibrio entre los derechos de los trabajadores y la sostenibilidad de las empresas. En lugar de estimular la creación de empleo y el fortalecimiento económico, esta reforma puede conducir a la asfixia de las empresas, especialmente de las micro, pequeñas y medianas, motores fundamentales del empleo y del desarrollo.

Desde su concepción ha sido evidente un desequilibrio en su enfoque. La defensa a ultranza de los derechos de los trabajadores es necesaria y justa, pero cuando esta se realiza en detrimento de la viabilidad económica y operativa de las empresas, se convierte en un camino peligroso hacia la inestabilidad.

Tuve conocimiento reciente de un pliego de condiciones sindicales, presentado a una compañía, que exige beneficios que en un año ascienden a cinco veces las ganancias anuales de la empresa. Por lo tanto, inviable económicamente. Y más allá de garantizar derechos laborales que ya tienen, lo que exigen son primas adicionales en festividades, transporte en bus privado para todos los empleados, y hasta educación completa para los hijos de los empleados, desde la infancia hasta la universidad. Estas demandas, como es evidente, no tienen ninguna relación con asegurar derechos laborales básicos y pondrían en peligro la viabilidad económica de cualquier compañía.

Otro caso reciente revela el clima de coacción al que pueden recurrir algunos sindicatos radicales. En un ente de gobierno, los delegados sindicales inauguraron las conversaciones lanzando insultos y comentarios peyorativos hacia los representantes de la entidad. La intención era clara: infundir temor y presionar para obtener así beneficios adicionales, como incrementar el número de días libres al mes que ya tienen, o exigir la concesión y pago de días de prima adicional en diciembre, entre otras exigencias. Tales demandas sindicales no tienen correlación con los derechos laborales fundamentales y, de hecho, perjudican la relación constructiva que debería existir entre empleados y empleadores.

Esta visión distorsionada del sindicalismo parece ser la que, ingenuamente o no, el gobierno colombiano está respaldando con su propuesta de reforma laboral. El proyecto parece escrito a la medida de sindicatos radicales que, lejos de buscar la equidad y el bienestar de los trabajadores, parecen más interesados en preservar su poder e influencia.

“… los delegados sindicales inauguraron las conversaciones lanzando insultos y comentarios peyorativos hacia los representantes de la entidad”.

Crítica de Petro al sindicalismo abusivo

El comportamiento abusivo por parte de los sindicatos fue incluso cuestionado por el propio presidente Petro en su discurso del pasado primero de mayo, donde los criticó como organizaciones que, en lugar de defender los derechos de los trabajadores, se han transformado en entidades que negocian, intrigando y gestionando puestos de trabajo para sus allegados en sus respectivas empresas. (1)

Sin duda, el presidente se refirió a casos excepcionales, pero son precisamente estos abusos flagrantes los que no se contemplan ni previenen en ninguna parte de la reforma laboral. Por el contrario, el texto del proyecto parece allanar el camino para ampliar el alcance de estos comportamientos abusivos por parte de los sindicatos.

Baja tasa de adopción sindical en Colombia

Las cifras más recientes indican que aproximadamente solo un 5 por ciento de los trabajadores colombianos están sindicalizados, un hecho que inquieta profundamente a los líderes sindicales. Ante tal realidad, la reforma laboral en curso evidentemente tiene la intención de imponer la sindicalización al 95 por ciento restante. El argumento esgrimido es una serie de medias verdades y sofismas, presentando al trabajador colombiano como víctima de abusos empresariales y al sindicalismo como su única salvaguarda. (2)

La reforma propone prohibir los pactos colectivos en una manifestación del afán por consolidar la preeminencia sindical. Estos pactos son acuerdos establecidos entre trabajadores no sindicalizados y sus empleadores. La prohibición no parece provenir de un genuino deseo de proteger los derechos laborales, sino más bien de una estrategia para eliminar cualquier competencia que los sindicatos puedan enfrentar. Al erradicar esta opción, los empleados se ven forzados a sindicalizarse si desean mejoras laborales, potenciando así la influencia sindical a costa de limitar la autonomía del trabajador.

“Sin duda, el presidente se refirió a casos excepcionales, pero son precisamente estos abusos flagrantes los que no se contemplan ni previenen en ninguna parte de la reforma laboral”.

Esta disposición no parece casual, sino una táctica cuidadosamente calculada por los redactores de la ley para obligar a los trabajadores colombianos a sindicalizarse, en un esfuerzo por empoderar al sindicalismo a través de la legislación, compensando lo que la persuasión y las acciones sindicales no han logrado por si solas. Los sindicatos requieren de la coacción legal para incrementar su relevancia en la economía colombiana, ya que hasta el momento no han conseguido persuadir a la gran mayoría de los trabajadores formales de Colombia sobre las ventajas de la sindicalización. (2) 

Examinado desde otro ángulo, este proyecto de ley parece olvidar un principio básico de equilibrio en las relaciones laborales: si es un derecho del trabajador sindicalizarse, debería ser igualmente legítimo el derecho a no sindicalizarse. Así, un empleado que discrepe de la línea de pensamiento, estilo, métodos o demandas de su sindicato, debería tener la plena libertad de no sindicalizarse y, si así lo desea, negociar directamente con el empleador sus condiciones laborales, individualmente o en conjunto con otros trabajadores que compartan su misma forma de pensar. ¿Por qué, entonces, en un gobierno que se jacta de promover la transformación y la defensa de los derechos para todos, le quiere negar a los trabajadores la opción de no sindicalizarse?

La reforma laboral también plantea disposiciones que podrían acarrear graves consecuencias para las empresas. Un ejemplo de esto es la propuesta de negociación sindical multinivel y por rama o sector de actividad. Este enfoque pasa por alto la diversidad y las necesidades específicas de cada empresa, imponiéndoles condiciones mínimas sindicales que podrían resultar inviables para su funcionamiento.

Lo anterior establece que cualquier condición sindical aceptada en una empresa grande debe ser la mínima que se adopte en la negociación sindical en una empresa pequeña del mismo sector. Esta evidente asimetría amenaza con sumir en la insostenibilidad a las micro y pequeñas empresas, que dicho sea de paso son las que emplean a más del 80 por ciento de los trabajadores formales del país.

“…si es un derecho del trabajador sindicalizarse, debería ser igualmente legítimo el derecho a no sindicalizarse.”

Prosperidad o estagnación

Es necesario recordar que, al igual que la economía de cualquier nación, la colombiana se compone de diversos engranajes. Cada uno de ellos, desde los trabajadores hasta las empresas y los sindicatos, juegan un papel crucial en mantener el ritmo y el equilibrio necesario para avanzar. Pretender fortalecer un engranaje a expensas de los demás es como forzar una máquina hasta el punto de la ruptura: puede que funcione por un tiempo, pero eventualmente se detendrá y el daño será mucho mayor.

La historia nos ha enseñado que los derechos laborales son indispensables para la justicia y la equidad, y que los sindicatos han desempeñado un papel fundamental en su conquista. Pero también sabemos que el abuso de estos derechos, al igual que cualquier abuso, conduce al estancamiento y a la desigualdad.

Hay otras disposiciones adicionales, en la reforma laboral, que parecen diseñadas para favorecer a los sindicatos en detrimento de las empresas y, en última instancia, de los propios trabajadores. Esto no representa un camino hacia el crecimiento económico sostenible y equitativo que beneficie a todos. 

Es esencial que nuestros legisladores reflexionen profundamente y analicen de manera crítica y equilibrada la propuesta de reforma laboral. Se debe tener cautela y no creer ciegamente en todo lo expuesto por el gobierno. Como he mencionado, recurren a sofismas, falacias y verdades a medias para defender su propuesta.

El Congreso tiene la responsabilidad de buscar un equilibrio entre los intereses de los trabajadores y las empresas, para preservar la salud económica de Colombia. Además, se debe garantizar que los sindicatos no se desvíen de su crucial papel social hacia una entidad que explota a los trabajadores para obtener beneficios desmedidos.

La economía colombiana es un delicado ecosistema que debería prosperar en equilibrio. No se debe permitir que un sesgo ideológico nos desvíe y nos impulse a tomar decisiones potencialmente perjudiciales a largo plazo. El verdadero progreso se logra cuando todos los componentes de la economía trabajan en armonía, y no cuando uno se impone sobre los demás.

En su actual estado, la reforma laboral puede acercarnos peligrosamente a un precipicio económico. De no poder modularla y corregirla, lo ideal sería archivarla y articular una nueva y renovada propuesta. 

No se trata de negar los derechos de los trabajadores, sino de equilibrarlos con la sostenibilidad y el crecimiento de las empresas. Una nación en la que los trabajadores tienen derechos, pero las empresas luchan por sobrevivir, no es ni será nunca una nación próspera. Es una nación a las puertas de la estagnación y el fracaso. Ojalá que los congresistas recuerden esto mientras debaten y deciden sobre el futuro del país.

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(1). Dijo el presidente Gustavo Petro en su discurso del pasado primero de mayo y a modo de crítica al sindicalismo abusivo “sino que la función de un sindicato, por ejemplo, es para hacer negocios, es para el contrato sindical por medio del cual emplean a sus allegados en una empresa cualquiera o en el Estado, y se ganan una comisión por ello…”. 

(2) Información de la tasa de sindicalización proviene de la exposición de motivos presentada por el gobierno. Página 15.

(3) El artículo 65 de la ponencia de la Comisión VII (artículo 59 del proyecto original) establece que la prohibición de pactos colectivos.

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