¿Paz total salvaría de la extradición a disidentes de las Farc?
Crédito: Colprensa
Dos artículos controversiales del proyecto para la prórroga de la Ley de Orden Público podrían abrir la posibilidad para que algunos disidentes de las Farc sigan con órdenes de captura y extradición suspendidas.
El pasado 6 de octubre se inició la discusión de la prórroga de la Ley de Orden Público en una sesión conjunta de las comisiones primeras del Senado y la Cámara.
Esta iniciativa es fundamental para poner en marcha la paz total propuesta por el gobierno Petro, pues es la base jurídica que respaldará los diálogos de paz con las organizaciones armadas que estén dispuestas a hacerlo.
En medio de las discusiones, surgió una denuncia por parte del partido Centro Democrático, declarado como de oposición. Más exactamente, fue el representante a la Cámara Hernán Cadavid quien señaló que dentro del proyecto hay dos 'micos' que, según su consideración, puede tener peligrosas consecuencias.
Para profundizar
¿Disidentes podrían salvarse de la extradición?
El primero de los artículos que Cadavid llamó como un verdadero "orangután" es el siguiente parágrafo transitorio:
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“La ejecución de las órdenes de captura expedidas y de las órdenes de captura con fines de extradición, o que hayan de expedirse contra los exintegrantes de las Farc-EP que se hallen en el listado aceptado y acreditado por el Alto Comisionado para la Paz y hayan a su vez firmado un acta de compromiso de dejación de las armas, se mantendrán suspendidas, hasta que su situación jurídica sea resuelta por el órgano pertinente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)”.
En diálogo con CAMBIO, el representante Cadavid señaló que añadir este parágrafo a la prórroga por los siguientes cuatro años de la Ley de Orden Público "es totalmente innecesario", pues se supone que todos los exintegrantes de las Farc que se acogieron al acuerdo están cobijados por esta normatividad.
Lo anterior implica que, en el próximo cuatrienio, las órdenes de captura y de extradición vigentes y futuras contra los exintegrantes de las Farc que se encuentren en el listado acreditado por la oficina del Alto Comisionado de paz, seguirán suspendidas. Según Cadavid, esto abriría la puerta a que los miembros de las disidencias, que incumplieron el Acuerdo de La habana y cuyos nombres siguen estando en esa lista, no puedan ser capturados ni extraditados.
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"Cabe un riesgo, que si hay una persona que sea capturada de las disidencias y tenga una orden de extradición, este parágrafo hace imposible la extradición de una persona de esas" dijo Hernán Cadavid.
El representante antioqueño asegura que, por ejemplo, Iván Márquez sigue apareciendo en esa lista, lo que demuestra el riesgo latente de mantener la pertenencia en el listado como una condición para que las órdenes de captura y extradición sigan suspendidas. Además, Cadavid afirmó que "salir o entrar de ese listado no se puede hacer de un plumazo" y que esto lo sabe de primera mano, pues en el pasado fue director jurídico de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.
Para profundizar
Pero la denuncia del congresista por el Centro Democrático no termina allí. Según dijo, este parágrafo transitorio no venía en el texto original radicado del proyecto sino que fue incluido como una proposición, aparentemente por uno de los integrantes de la bancada del Pacto Histórico, específicamente del partido Unión Patriótica.
Este espinoso tema de la extradición no es menor pensando en los reparos que puedan existir desde los Estados Unidos, principal aliado internacional de Colombia, sobre las negociaciones y eventuales acuerdos que se lleguen con organizaciones criminales dedicadas al tráfico de drogas.
Aunque la suspensión de la extradición mientras se adelantan los diálogos y negociaciones es una de las ofertas atractivas que quiere hacer el gobierno Petro a los grupos armados, este artículo le permitiría a todos los que integren el listado en cuestión seguir delinquiendo sin consecuencia legal alguna.
¿ONG facultadas para hacer acercamientos con grupos criminales?
El segundo artículo que generó la reacción de la bancada del Centro Democrático es el siguiente:
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“Las organizaciones humanitarias con presencia en Colombia, en ejercicio pleno y corroborable de los principios humanitarios, que brinden protección y asistencia humanitaria a la población afectada por conflictos armados o por la violencia, podrán sostener contacto ocasional o continuado, con grupos armados organizados al margen de la ley o estructuras de crimen organizado de alto impacto, con fines exclusivamente humanitarios, previa autorización del presidente de la República”.
El representante Cadavid comentó sobre este punto que es "impertinente teniendo el apoyo de organismos como la OEA y la Cruz Roja Internacional" e incluso, en el pasado, "hubo personas que hicieron lo mismo y fueron condenadas por concierto para delinquir".
Sin duda, autorizar a las ONG para establecer estos contactos representa todo un desafío en términos de seguridad y transparencia. Además, la suspicacia que generó este artículo entre los partidos de oposición, es que el mismo Comisionado para la Paz, Danilo Rueda, viene de ocupar un cargo directivo en una ONG: la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, con la cual estuvo envuelto en la polémica por las visitas a la cárcel La Picota en compañía de Juan Fernando Petro, hermano del presidente.
De acuerdo a lo expresado por el congresista, varios legisladores de los partidos afines al gobierno le manifestaron que este artículo "no se puede aprobar". Además, el ministro Alfonso Prada le comentó que no sería problemático este parágrafo al fijarse el filtro de la aprobación presidencial.
Sin embargo, surge el interrogante sobre la pertinencia que la autorización para que este tipo de organizaciones sea discrecional de la presidencia y si será un punto de negociación con los grupos armados.
Por ahora, no ha habido pronunciamientos desde el gobierno sobre este tema y el próximo 10 de octubre se seguirá discutiendo en el Congreso el proyecto para prorrogar la Ley de Orden Público.
Hay que recordar que esta extensión de la Ley 418 no será la única que sirva como marco jurídico para las negociaciones con los grupos armados que se pretenden con la paz total. Se espera que se presente otro proyecto de ley orientado especialmente a fijar las condiciones del sometimiento de las organizaciones criminales, ya sea que tengan carácter político o no.