Declaración de renta: ¿cómo consultar si tengo saldo a favor?

La devolución del saldo a favor está reglamentada en el decreto 963 del 7 de julio de 2020.

Crédito: Freepik

23 Octubre 2023

Declaración de renta: ¿cómo consultar si tengo saldo a favor?

Las personas que declaran renta en el país podrían tener un saldo a favor. Vea cómo puede consultarlo.

Por: Redacción Cambio

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Con el cumplimiento de los plazos para la declaración de renta de los ciudadanos colombianos, también llega la posibilidad de tener un saldo a favor en esa declaración. ¿Cómo puede consultar? 

A partir del Decreto 963 de 2020, el Gobierno reglamentó que esa devolución. "Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitar su devolución", describe el decreto. 

Ese mismo decreto describe que la Dian tiene debe devolver esos saldos a favor dentro de los 50 días siguientes a la fecha en la que se solicitó la devolución. 

¿Qué proceso debe seguir para consultar si tiene devolución?

Así, la Dian explica que para consultar si tiene saldo a favor, debe: 

  • Ingresar a la página web de la Dian
  • En la página, debe seleccionar la opción "usuario registrado". 
  • Luego, debe diligenciar sus datos personales. 
  • Lo siguiente es seleccionar la "opción consultar obligación". 
  • En una casilla le aparecerá si tiene o no saldo a favor. 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la devolución?

Luego de hacer el proceso de consulta, quienes tengan un saldo a favor, deben cumplir con ciertos requisitos para poder solicitar la devolución del saldo a favor. Estos son: 

  • La fecha de presentación de la solicitud se debe hacer en el término de dos años contados desde el vencimiento del plazo para declarar, si se trata de una declaración privada. En caso de que sea una liquidación oficial, es desde la fecha ejecutoria. 
  • Es necesario que el Registro Único Tributario (RUT) esté actualizado. No debe tener suspensiones o estar cancelado. 
  • Debe tener un certificado de existencia y representación de la información registrada en el Registro Único Empresarial (RUE). 
  • Se debe adjuntar el certificado histórico del representante legal o revisor fiscal que firma firma el documento. 
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