¿Es verdad que la reforma pensional expropiará los ahorros?

Crédito: Imagen: Colprensa

25 Junio 2024

¿Es verdad que la reforma pensional expropiará los ahorros?

La aprobación de la reforma pensional en el Congreso revivió la preocupación de algunos por la posibilidad de que el Gobierno se quede con los ahorros de los colombianos para la vejez. ¿Qué tan cierto es?

Por: Angélica M. Gómez

Entre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsAppEntre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsApp

Las preocupaciones por el ahorro de los trabajadores formales que están afiliados a Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) empezó antes de que el Gobierno presentara ante el Congreso el proyecto de ley para reformar el sistema pensional.

Una declaración pública del presidente Gustavo Petro sobre su intención de crear un sistema pensional en el que solo el Estado fuera el encargado de pensionar a los colombianos, y pudiera aumentar la cobertura pensional o de subsidios a los adultos mayores, desató la tormenta en 2022.

En noviembre de ese año, el Gobierno, finalmente, presentó su propuesta de reforma pensional con algunos puntos moderados con respecto a lo que el presidente había anunciado. Por ejemplo, el umbral de cotizaciones en Colpensiones y en las AFP en el ahora llamado pilar contributivo. Sin embargo, no era suficiente.

Una de las mayores preocupaciones de una parte de la sociedad, la oposición, académicos y economistas sigue siendo el manejo de los ahorros de los colombianos en la parte del pilar contributivo a cargo de Colpensiones y lo que va a pasar cuando, a la hora de pensionarse, su AFP le transfiera esos ahorros a la misma entidad.

Como lo establece el proyecto de ley aprobado, Colpensiones recibirá las cotizaciones a pensión de todos los trabajadores formales que reciban entre uno y 2,3 salarios mínimos. Quienes superen ese tope, cotizarán lo correspondiente a 2,3 salarios en Colpensiones y la proporción de su sueldo que supere ese límite lo ahorrarán en la AFP de su preferencia.

La primera preocupación que apareció allí fue sobre si Colpensiones está en capacidad de ahorrar una parte de esas nuevas cotizaciones para responder a la transición demográfica que hará que en el futuro haya menos jóvenes que adultos mayores, lo que cuestiona la viabilidad de un sistema de prima media.

El Gobierno, todavía con José Antonio Ocampo a la cabeza del Ministerio de Hacienda, respondió con la propuesta de un fondo de ahorro público en Colpensiones: una bolsa común en la que se ahorrará al menos una fracción de las nuevas cotizaciones que reciba la entidad, con el propósito de invertir ese dinero para generar una rentabilidad y así asegurar las pensiones del futuro. El problema, insisten los expertos, es que este fondo no ahorrará lo suficiente y, como lo ha admitido el mismo Gobierno, en 2069 se quedaría sin recursos.

Por otro lado, está el destino de los ahorros de los trabajadores, que hasta la entrada en vigencia de la reforma seguirán consignando sus cotizaciones pensionales en su AFP de preferencia. Según el proyecto aprobado, este dinero seguirá en la cuenta privada de cada quien, en la AFP en la que están, hasta el momento en el que la persona llegue a la edad de jubilación. En ese momento, la AFP tendrá que enviar ese dinero a la bolsa común de Colpensiones, entidad que se encargará de sumar los ahorros del trabajador y entregarle cada mes un solo giro.

Este ha sido el argumento del Gobierno para asegurar que la reforma pensional no expropia los ahorros de los colombianos. “El stock de los ahorros se mantiene en los fondos privados y se va trayendo cuando los afiliados se van pensionando”, le dijo a CAMBIO el viceministro de Trabajo, Iván Jaramillo.

Como funciona hoy el sistema, los familiares de los pensionados o cotizantes en fondos privados de pensiones que fallezcan, pueden reclamar el ahorro con sus rendimientos, sin importar su edad ni condición de dependencia de quien falleció. Con la reforma, solo podrán heredar quienes sean dependientes, es decir: viudos, hijos menores de 25 años, hijos o hermanos con discapacidad.

¿Y en el pilar semicontributivo?

En este pilar estarán quienes cotizaron entre 300 y 1.000 semanas, es decir, quienes no alcanzan a recibir una pensión pese a sus esfuerzos y ahorros. Hoy, estos colombianos pueden acudir a la devolución de saldos. Actualmente, Colpensiones les entrega a estas personas sus ahorros actualizados según la inflación de los años que han pasado y las AFP devuelven los recursos más las ganancias alcanzadas mientras se invirtieron en el mercado de valores.

Cuando entre en vigencia la reforma, ya no podrán pedir la devolución de saldos. En su lugar, Colpensiones les dará una renta vitalicia (que se sostiene hasta que la persona fallezca) de máximo un salario mínimo y que incluiría un subsidio de 20 por ciento para los hombres y de 30 por ciento para las mujeres. Si la persona fallece antes de gastar todos los ahorros, el dinero restante se lo quedará Colpensiones, es decir, no habrá devolución de saldos para sus herederos.

Para quienes cotizaron entre una y 300 semanas, Colpensiones les devolverá sus ahorros únicamente actualizados por la inflación de cada año que haya pasado, es decir, su dinero no perderá valor como si estuviera debajo de un colchón, pero se le entregará sin rendimientos financieros lo que hace que el cheque sea menor de lo que podría ser. Además, estas personas podrían acceder al pilar solidario, que dará subsidios entre los 72.000 y los 225.000 pesos que se actualizarán anualmente con el dato de pobreza monetaria extrema.

Además, el requisito para lograr ese subsidio será cumplir tres años más después de la edad de pensión, 60 años para las mujeres y 65 para los hombres, el único cambio de parámetros que hizo la reforma. Si fallecen antes de llegar a esa edad, de nuevo, no habrá entrega de herencias ahorradas.

Jerome Sanabria, estudiante y vocera de #NoConMiAhorro, advierte que esto “es un robo a gran escala y no se debe maquillar. Es una expropiación directa al ahorro de la gente porque está dirigido a las personas que, aunque cotizaron, cuando cumplen su edad no tienen las semanas suficientes para pensionarse”.

“Hoy una mujer a sus 57 años puede ir a su fondo privado a pedir la devolución de saldos. Con esta medida, la mujer ya no lo puede hacer a los 57 años sino a los 60 años o un hombre a los 65 años, les toca esperar tres años más para ir a reclamar ya sea su indemnización sustitutiva o su renta vitalicia”, concluyó Sanabria.

Es decir, mientras el Gobierno se concentra en defender que su reforma no expropia los recursos de los colombianos en medio del debate político, en el campo técnico sí se quedará con los ahorros de quienes fallezcan sin familiares que dependan de ellos y de quienes, pese a sus esfuerzos, queden clasificados en el pilar semicontributivo.

¿Es expropiación si los recursos se usan para pagar a la pensión de las personas? 

Este es uno de los puntos que también se discute sobre la pensional: si el Estado tiene control de los ahorros, pero los usa para hacer pagos a las personas, ¿en teoría no estaría expropiando porque les devuelve a los cotizantes? 

Es debatible, porque, por ejemplo, en el caso de una persona que muere sin recibir todos los pagos, el Estado se quedaría tanto con el ahorro como con los rendimientos, si no hay dependientes.

Y en el caso del pilar semicontributivo, el Estado de hecho se queda con parte de los ahorros porque el giro, en la mayoría de los casos, es tan bajo que no alcanza para agotar todos los recursos hasta que las personas mueran. 
 

Conozca más de Cambio aquíConozca más de Cambio aquí