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Angie Rodríguez, exdirectora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre). Crédito: Colprensa.
Justicia
Al día

Angie Rodríguez pierde tutela con la que pretendía ser reintegrada en la Casa de Nariño

La antigua mano derecha del expresidente Gustavo Petro, que hoy tiene cercanía con funcionarios del gobierno de Abelardo de la Espriella, aseguró ante un juez que su salida del Fondo Adaptación, ordenada por su exjefe, fue discriminatoria teniendo en cuenta su condición de salud. Un juez no le dio la razón e hizo una precisión sobre el salario de la exfuncionaria.

Por: Ana María Cuesta

Un juez de Bogotá declaró improcedente una acción de tutela con la que la exalta funcionaria del gobierno de Gustavo Petro, Angie Rodríguez Fajardo, pretendía que la reintegraran como gerente del Fondo Adaptación, cargo del que fue declarada insubsistente el pasado 1 de agosto por orden del entonces presidente.

El retiro de Rodríguez se produjo tras una prolongada incapacidad laboral durante la cual ella concedió varias entrevistas en las que denunció presuntos actos corruptos por parte del gobierno. Rodríguez fue diagnosticada con trastorno mixto de ansiedad y depresión, a finales del año pasado, y responsabilizó directamente al gobierno por haber detonado sus problemas de salud.

Tras su retiro del Fondo Adaptación, precedido por una fuerte polémica pública con el entonces presidente Petro, Rodríguez presentó una tutela en la que alegó que la decisión de sacarla del cargo que ostentaba en la Casa de Nariño afectó varios de sus derechos fundamentales, entre ellos, el de la estabilidad laboral reforzada.

Según Rodríguez, las publicaciones en la red social X en las que el expresidente Petro la señaló de "manipuladora" por su condición de "paciente psiquiátrica" motivaron su despido, anunciado días después.

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Expresidente Gustavo Petro y Angie Rodríguez. Foto: Colprensa.

Por qué rechazaron la tutela en favor de Angie Rodríguez

El juez 54 laboral de Bogotá, quien revisó el caso, desestimó su petición por varias razones. Primero, porque el retiro de un funcionario de libre nombramiento y remoción, como lo era Rodríguez, es discrecional. 

"La existencia de una enfermedad, de una incapacidad médica o incluso de una situación de debilidad manifiesta no significa, por sí sola, que toda decisión de retiro adoptada respecto de una persona que ocupa un cargo de libre nombramiento y remoción resulte constitucionalmente inadmisible", indica la providencia.

Segundo, porque consideró que, en principio, no puede probar ni desvirtuar que el retiro de Rodríguez estuviera relacionado con su diagnóstico de salud, como ella lo alega. Aunque Rodríguez insiste en que su salida fue por su salud mental, el Ministerio de Hacienda respondió que se produjo por la pérdida de la confianza del expresidente Petro hacia ella. 

"La hermenéutica sobre si la insubsistencia obedeció a la pérdida de confianza política/funcional o a un motivo discriminatorio ligado a la salud, constituye un típico debate de desviación de poder que exige un despliegue probatorio amplio (testimonios, inspecciones y antecedentes administrativos) propio del medio de control contencioso administrativo. Aspecto que de contera desdibuja la acreditación del nexo de causalidad entre la condición de salud y la decisión de desvinculación, que torne procedente la presente acción constitucional", dice la decisión.

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"Encuentra el Despacho que sí esta acreditado un contexto médico relevante, conocido institucionalmente y próximo temporalmente a la decisión de retiro; pero no se encuentra acreditado, con el gradó de suficiencia necesario para impartir una orden de reintegro, que la condición de salud haya sido la causa determinante de la declaratoria de insubsistencia", remata la decisión.

La apreciación sobre el salario

Como quiera que Rodríguez alegó una vulnerabilidad y la afectación de su dignidad y su derecho al trabajo, el juez que resolvió el caso le hizo una precisión por el alto salario mensual que ella devengó durante el tiempo en el que gerenció el Fondo de Adaptación. La entidad le afirmó al Juzgado que Rodríguez ganaba $59’219.043 mensuales. 

"Lo cual resulta ampliamente superior al promedio nacional, que permite inferir una capacidad financiera suficiente para garantizar su sostenimiento y el de su núcleo familiar, con mayor razón cuando ostentó el cargo por un periodo aproximado de seis meses; lo cual permite establecer que no se configura una situación de vulnerabilidad económica o afectación al mínimo vital que torne ineficaz el medio ordinario de Nulidad y Restablecimiento del Derecho".

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