Crédito: fotos tomadas de la manifestación
Protestas frente al Ministerio de Ambiente por el Decreto 044: este es el reclamo del sector minero
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Este miércoles, varios manifestantes llegaron al edificio del Ministerio de Ambiente en Bogotá para protestar contra un decreto que afectaría al sector minero en Colombia. ¿De qué trata dicho decreto y qué opinan los gremios mineros?
Por: Gabriela Casanova
Este miércoles, decenas de mineros y campesinos provenientes de distintos rincones del país protestaron frente al edificio del Ministerio de Ambiente en Bogotá, en contra del Decreto 044 de 2024, a través del cual se establecen criterios para declarar y delimitar reservas de recursos naturales de carácter temporal. De acuerdo con los manifestantes, este decreto conlleva la pérdida de empleos agroindustriales, de exploración minera y pecuarios.
“Una ministra que pasa por encima del Consejo de Estado y de la ley en su afán populista”, se lee en uno de los carteles llevados a la protesta. Otra pancarta dice: “Las zonas de reserva temporal le quitarán 78.000 hectáreas a los campesinos y se las darán gratis al acueducto metropolitano de Bucaramanga”, y otra se refiere directamente a la conferencia de Naciones Unidas sobre biodiversidad: “Cop16, tengan presente que: ni los páramos ni los parameros estamos en venta. No al decreto 044”.
¿Qué causa el rechazo de las organizaciones mineras? ¿Cómo los perjudica el decreto?¿A qué vienen esas manifestaciones? Hablamos con Luis Fernando Barrera, abogado y presidente de la junta directiva de la Asociación de Profesionales del Sector Minero Colombiano (APMC), una organización que aunque no participó en las protestas, tampoco está de acuerdo con esta nueva normativa.
Según Barrera, el Decreto 0044 no cumple con los principios del código minero, pues produce afectaciones en cuanto a inversión a largo plazo y al desplazamiento de la minería formal.
“Nos va a generar un tropiezo esa reserva temporal por cinco años, que puede ser llevada a diez años más, en los proyectos mineros, proyectos en los cuales se tienen que hacer una serie de inversiones a largo plazo”, comenta.
El documento señala que el Ministerio de Ambiente, en el acto administrativo que declare reservas de recursos naturales de carácter temporal, establecerá la vigencia de la declaratoria con una duración de hasta cinco años, prorrogable por una única vez. La prórroga es interpretada por el sector minero como cinco años adicionales, es decir, un total de diez años.
“Los proyectos de inversión en el sector minero son a 30 años. Cuando usted viene haciendo una actividad de exploración, que se demora hasta ocho años, y sale un decreto en el sentido de que va a suspender temporalmente las actividades mineras por un período de diez años”, explica.
También considera que este decreto conlleva a la actividad extractiva ilegal de minerales, pues al desplazarse las empresas mineras formales, los recursos quedan disponibles para las economías ilícitas. En este caso, según Barrera, también se ven afectadas las pequeñas mineras, sobre todo aquellas que llevan años en los procesos de asociación y formalización, esperando un título minero o una licencia ambiental.
Tampoco ve "apropiado" y "prudente" declarar reservas temporales sin "un conocimiento previo técnico" sobre las zonas delimitadas. “No depende de un decreto, depende de un conocimiento técnico. Ese es el mayor problema. No están consultando a la realidad técnica y económica de las comunidades”, señala.
¿En qué consiste el decreto 044?
Según el decreto, las reservas de recursos naturales temporales se identificarán, delimitarán y declararán a partir de información suministrada por las autoridades ambientales y la información oficial disponible, teniendo en cuenta estos criterios:
- Presencia de ecosistemas de importancia ambiental o valores de conservación y prestación de servicios ecosistémicos, considerando los instrumentos de ordenamiento ambiental del territorio u otras herramientas definidas por autoridades ambientales, así como estudios o información técnica de las entidades del SINA y demás entidades públicas.
- Presencia de áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos municipales, distritales y regionales o que soportan la disponibilidad de agua para la seguridad alimentaria, con fundamento en el inventario realizado por las autoridades ambientales.
- Procesos de degradación que requieran acciones de restauración en sus diferentes enfoques, en procura de favorecer la integridad ecológica y mantener o recuperar los servicios ecosistémicos.
También establece que la cartera, junto con las autoridades ambientales, deberá “bajo el principio de colaboración armónica con las entidades del sector minero energético, adelantar los estudios técnicos necesarios y los procesos correspondientes sobre las áreas susceptibles de ser declaradas como áreas protegidas u otras estrategias de conservación ambiental, bajo un enfoque participativo”.
En caso de que exista actividad minera en dicha área, las autoridades competentes tomarán las medidas y orientarán, “cuando así proceda”, el cierre definitivo de las operaciones mineras.
"A día de hoy, nadie sabe cuáles son las áreas de reserva temporal": congresista a favor del Decreto 044
Cristian Danilo Avendaño, representante a la Cámara por Santander, se refirió a las protestas frente al edificio de MinAmbiente y aseguró que los manifestantes están desinformados sobre el Decreto 044.
“Yo me pregunto, ¿cuántos de los mineros y campesinos que están en las calles y que estuvieron en el Ministerio de Ambiente tienen realmente la certeza de que su área va a quedar dentro de las áreas de reserva temporal? A día de hoy, nadie sabe cuáles son las áreas de reserva temporal”, dice el congresista a CAMBIO.
A lo que agrega: “¿Cómo hacemos para creer que realmente los mineros que estaban allá en ese sector sí van a estar afectados si no lo saben? Un grupo de políticos, que tienen unos intereses, utilizan eso mal para desinformar, y a partir de eso, se presentan este tipo de discusiones”.
Avendaño explica que aún se debe esperar a que salgan las resoluciones que determinen cuáles son efectivamente esas áreas que se van a proteger y en cuáles se restringirán ciertas actividades económicas.
“Lo que ocurre es que han tergiversado la información para decir que son unas zonas que ya conocen y que van a acabar con la economía de algunos municipios, y eso no es cierto. Ese decreto tiene que emitir unas resoluciones con las cuales se van a determinar cuáles son esas áreas, y eso tiene que tener un respaldo técnico ambiental”, comenta.
El congresista considera el decreto como una herramienta de respaldo del Ministerio de Ambiente que garantiza la protección de estas zonas, pues considera que la institucionalidad ambiental en Colombia es débil y está altamente politizada, ya que muchas de las áreas que se encuentran en el SINAP (Sistema Nacional de Áreas Protegidas) “no obtienen una protección real”.
Para él, la controversia que gira en torno al decreto se ha vuelto una lucha política sobre la protección de los ecosistemas. “Lo que hacen es ignorar los componentes técnicos de la protección ambiental, lo cual es lamentable, ya que aquí todo se vuelve político y por eso no avanzamos”.