
Habrá cárcel por omisión de activos: Corte avala ajustes a delitos fiscales
La Sala Plena de la Corte Constitucional dijo que modificaciones hechas en la reforma tributaria aprobada en 2022 son acordes con la Constitución. Hay cárcel de hasta 108 meses a quienes escondan activos por más de 1.000 salarios mínimos legales. Estos son los detalles.
Una de las apuestas de la reforma tributaria que impulsó el Gobierno de Gustavo Petro fue hacerles ajustes a algunos delitos fiscales que ya existían para apretar a las personas que no declaran adecuadamente sus activos y pasivos, incluso con la posibilidad de ir a la cárcel.
La Corte Constitucional dijo que el Congreso no incurrió en ninguna irregularidad al tramitar esos ajustes y, con ello, avaló los siguientes delitos.
Primero: la omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes. Ese delito dice que habrá una pena de cárcel entre los 48 y los 108 meses a quien omita activos, o que declare un menor valor de los activos; o bien declare pasivos inexistentes con el propósito de defraudación o evasión en las declaraciones tributarias desde los 1.000 salarios mínimos legales.
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