
El debate de juristas sobre polémico argumento de Nicolás Petro de que no se enriqueció ilícitamente “porque los dineros eran lícitos”
En diálogo con CAMBIO, varios juristas debatieron sobre la teoría de Nicolás Petro de que cometió un error, pero no el delito de enriquecimiento ilícito de servidor público al recibir dineros de particulares –según él, todos legales– siendo diputado del Atlántico. Las posturas son diversas.
Por: Sylvia Charry
En la entrevista que Nicolás Petro concedió a CAMBIO aceptó que recibió más de 1.000 millones de pesos de distintos empresarios –durante la campaña presidencial de su padre– pero, dijo, no provenían del narcotráfico ni de fuentes ilícitas por lo que, según él, la Fiscalía no puede llevarlo a juicio por enriquecimiento ilícito de servidor público, y por ende, tampoco por lavado de activos. “Yo sí recibí unos recursos lícitos y esos recursos se destinaron a algunos bienes, ahí no hay enriquecimiento ilícito ni mucho menos (…) Fueron más o menos 1.300 millones de pesos (…) Que yo haya cometido errores no significa que haya cometido delitos”.
Las posturas de expertos en derecho penal sobre estas declaraciones son diversas.
El penalista Francisco Bernate explicó que, según la Constitución, los servidores públicos solo pueden recibir ingresos derivados de su salario y de ninguna otra fuente, salvo circunstancias excepcionales como herencias o dividendos previamente declarados. “En caso alguno puede tener algún otro ingreso por otra vía, salvo que se trate de situaciones preexistentes, por ejemplo, que haya declarado una sociedad y reciba dividendos, o que un familiar falleció y recibió una herencia. Esos son los únicos casos”.
Dijo que el enriquecimiento ilícito se configura “cuando el funcionario público no puede justificar un incremento patrimonial. El solo hecho de no justificar ese incremento es lo que constituye el delito, de manera que los dineros que reciba pueden ser legales o ilegales. Pensemos en un ciudadano que, por tener una atención, le regala un dinero, no lo puede hacer; ellos solo pueden derivar su ingreso de su trabajo”.
Por su parte, el abogado Fabio Humar coincidió en que el tipo penal no depende del origen ilícito del dinero, sino de la falta de justificación de los ingresos.
“El enriquecimiento ilícito de servidor público es distinto. No se requiere que provenga de actividades ilícitas; simplemente se requiere que no esté justificado”, dijo.
Explicó que los servidores públicos “solo pueden recibir como ingreso lo que les paga el Estado”. Las únicas excepciones, agregó, “son dineros que tengan justificación, por ejemplo, que la persona heredó un dinero, dicta clases o su esposa es muy rica y le ayuda con el sostenimiento de la casa”. En ese sentido, aseguró que “el caso de Nicolás Petro es ese: él cree que lo están juzgando como particular, cuando en realidad lo que lo están juzgando es como servidor público. Luego no se requiere ilicitud en los dineros, simplemente se requiere ausencia de justificación”.
El abogado Juan Felipe Criollo lo resumió en X: “El delito de enriquecimiento ilícito de servidor público —dogmáticamente— no requiere que la fuente sea ilícita. El reproche penal en este delito se da cuando hay un incremento inusual o injustificado del patrimonio. Veremos qué sucederá en el juicio frente a este debate”.
En suma, para estos juristas la tesis de defensa según la cual “si los dineros eran lícitos no hay enriquecimiento” no desvirtúa por sí sola la acusación: en Colombia, para servidores públicos, el núcleo del tipo es la falta de justificación del incremento (y su nexo con la función), no el origen criminal del dinero.
Sin embargo, no todos piensan lo mismo. El penalista Iván Cancino plantea una visión distinta frente a la tesis dominante. Aunque reconoce que Nicolás Petro cometió “un error” al admitir públicamente haber recibido dineros, considera que no toda entrega de recursos a un funcionario público configura delito. “Si un servidor público recibe dinero de un particular prestado no tiene absolutamente ningún problema. Salvo que la persona tenga algún negocio con él o que el funcionario influya en algo”, explicó.
Cancino advierte, sin embargo, que en este caso “hay que ser muy tonto para pensar que el Turco Hilsaca, su hijo, o Santander López Sierra van a prestar plata a cambio de nada, y sobre todo la plata de López Sierra”. Y lanza una pregunta de fondo a la Fiscalía: “¿De dónde puede justificar López Sierra que la plata es legal? Eso es absolutamente absurdo”. En su criterio, el verdadero foco del proceso debería estar en establecer la trazabilidad de esos dineros y no en generalizar la idea de que cualquier aporte o préstamo a un servidor público es automáticamente un delito.
Lo mismo opina el abogado de Nicolás Petro, Alejandro Carranza. Él aseguró que desde los primeros acercamientos con la Fiscalía les dijo que no tenían cómo probar en los estrados judiciales que un servidor público se enriqueció ilícitamente si no demuestran qué función pública ofreció o qué actividad les ofreció a quienes le dieron el dinero. Por eso, a su juicio, ganarán la batalla con la justicia.
La teoría de la Fiscalía y de Carranza se enfrentarán ante un juez de conocimiento que definirá quién tiene la razón.
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