Ir al contenido principal
Exportación de carbón
Demanda para tumbar decreto que prohíbe exportar carbón a Israel: ¿es viable? Crédito: Colprensa.

¿Qué tan posible es que prospere la demanda contra el decreto que prohíbe exportar carbón a Israel?

El Decreto 0949 de 2025 vetó la venta de carbón colombiano a Israel. CAMBIO habló con expertos para analizar si la demanda que busca anularlo tiene posibilidades reales.

Por: Carolina Calero

El Gobierno colombiano expidió el Decreto 0949 del 28 de agosto de 2025, con el que estableció la prohibición total de exportaciones de carbón hacia Israel. La medida, firmada por los ministerios de Comercio, Relaciones Exteriores, Hacienda y Minas, modificó la normativa 1047 de 2024 y fijó un veto absoluto a la venta de este mineral a ese país.

La decisión fue presentada como una respuesta a las operaciones militares israelíes contra la población palestina, que Colombia considera contrarias al Derecho Internacional Humanitario y una amenaza para la paz global. Pero frente a la demanda que busca tumbarlo, surge la pregunta: ¿qué tan posible es que esta acción prospere en los tribunales? CAMBIO habló con expertos para saber la viabilidad del proceso. 

La demanda ante el Consejo de Estado

La senadora y precandidata presidencial Paola Holguín, del Centro Democrático, interpuso una demanda de nulidad contra el decreto ante el Consejo de Estado. Su argumento central es que la Casa de Nariño se extralimitó en el uso del poder reglamentario y asumió competencias que corresponden al Congreso, particularmente en materia de acuerdos comerciales internacionales.

Exportación de carbón a Israel
Exportación de carbón. Crédito: Colprensa.

En el escrito de la demanda, la congresista sostiene que la norma “impone una sanción comercial unilateral, de carácter punitivo e ideológico, sin respaldo legal ni justificación técnica”, lo que a su juicio vulnera principios constitucionales como la legalidad administrativa, la libertad económica, la propiedad privada y la seguridad jurídica. También señala que el veto contradice compromisos internacionales suscritos por Colombia, entre ellos el Tratado de Libre Comercio con Israel vigente desde 2020.

¿Qué tan viable es tumbar el decreto?

Para Lina Lorenzoni, profesora de EAFIT y especialista en derecho internacional económico, el Gobierno buscó blindar jurídicamente la decisión al incluir en los considerandos del decreto referencias a las excepciones de seguridad previstas en tratados de libre comercio, pero existe la posibilidad de que inversionistas estadounidenses cuestionen la decisión bajo el TLC con Estados Unidos o que Israel acuda a la Organización Mundial del Comercio (OMC) y además reclame la violación de su tratado bilateral con Colombia.

“Las excepciones de seguridad aplican, por una parte, para tutelar intereses esenciales de seguridad del Estado. Si bien es el Estado quien determina dichos intereses, eso no quiere decir que un tribunal no pueda valorar si la medida fue razonable y tomada de buena fe”, explicó.

Lorenzoni también subrayó que el decreto se apoya en resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, pero no en decisiones del Consejo de Seguridad, el único órgano con facultades para imponer sanciones internacionales.

“La idea de una intervención de tipo humanitario, una suerte de responsabilidad de proteger que es lo que parece buscar hacer Colombia, no es una doctrina consolidada en derecho internacional”, advirtió.

Buque transportador de carbón
Buque transportador de carbón. Crédito: Colprensa.

Por su parte, el constitucionalista Hernán Olano, profesor de la Universidad de La Sabana, sostuvo que el presidente sí tiene facultades para regular el comercio exterior, pero con límites.

“La potestad reglamentaria del Ejecutivo es real pero subordinada a la Constitución, la ley y los compromisos internacionales; si la medida invade materias de reserva legal, vulnera contratos o compromisos internacionales, puede ser anulada por la jurisdicción”, explicó.

Además, Olano precisó que los decretos suelen usarse para medidas técnicas y temporales, como controles aduaneros o sanitarios, pero generan más riesgos cuando imponen prohibiciones absolutas como en este caso. Recordó, además, que ya existía un antecedente con el Decreto 1047 de 2024, que también había intentado restringir la venta de carbón a Israel. 

“El debate sobre el Decreto 0949 no es solo técnico ni solo político: es un cruce de caminos entre la soberanía, la legalidad y la diplomacia”, resumió.

Solicitud de suspensión provisional

Además de pedir la nulidad, Holguín solicitó al alto tribunal suspender de manera provisional los efectos del decreto mientras se estudia su constitucionalidad. La intención es prevenir, según la senadora, perjuicios jurídicos, fiscales y reputacionales “irreversibles” para el país.

En este punto, Olano subraya que “es posible que el Consejo de Estado decrete una suspensión provisional, pero no hay certezas sobre el desenlace final, recordando que el proceso contencioso administrativo implica un análisis de fondo que puede tardar meses.

El documento presentado por la senadora recuerda que desde marzo de este año Israel intensificó su ofensiva militar en Gaza, lo que motivó la decisión del Ejecutivo colombiano. Sin embargo, tanto los argumentos de la demanda como los planteamientos de los expertos muestran que la viabilidad del decreto dependerá de cómo se equilibre la política exterior del Gobierno con las obligaciones constitucionales y los compromisos internacionales de Colombia.

Barco carguero carbón
Así es transportado el carbón hacia los buques cargueros en el puerto de Santa Marta. Crédito: Colprensa.

Los fundamentos del decreto detrás del decreto

La expedición del Decreto 0949, el pasado 28 de agosto, se enmarca en la respuesta del Gobierno colombiano frente a la ofensiva militar israelí en Gaza. En el texto se recuerda que, entre marzo y junio de este año, “680.000 palestinos han sido desplazados, 5.334 palestinos han sido asesinados y 17.839 han sido heridos como consecuencia de la ofensiva bélica adelantada por Israel”. El documento añade que, desde octubre de 2023 hasta junio de 2025, el saldo asciende a más de 55.000 personas muertas y cerca de 130.000 heridas, incluidos civiles atacados mientras intentaban acceder a ayuda humanitaria.

El Gobierno sostiene que la medida busca impedir que los recursos energéticos de Colombia fortalezcan la maquinaria militar israelí. “Esta decisión responde a un análisis exhaustivo y a la necesidad de evitar que el carbón colombiano contribuya a las actividades militares de Israel que (…) vulneran principios y derechos fundamentales en la Franja de Gaza”, explicó la ministra de Comercio, Diana Marcela Morales. Con este argumento, el Ejecutivo defendió que la política se ajusta a las obligaciones internacionales de Colombia y a su papel como miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU para el periodo 2025-2027.

El decreto se sustenta en tres pilares: el respeto a las normas del derecho internacional, la protección de la población civil y la coherencia de Colombia como actor internacional en materia de derechos humanos. Además, estipula que la prohibición se mantendrá vigente hasta que se cumplan las medidas provisionales ordenadas por la Corte Internacional de Justicia o hasta que desaparezcan las condiciones que motivaron la restricción.

Finalización del artículo

Lea los comentarios

Artículo de libre acceso

Libre

Compartir en redes sociales