
Armando Benedetti, ministro del Interior.
Crédito: Ministerio del Interior.
La ‘sorpresa’ de Benedetti: el Gobierno patea el tablero político y le apuesta a una leguleyada para salvar la consulta
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Un día después de radicar por tercera vez la solicitud de consulta popular, el ministro Benedetti dio la ‘sorpresa’ que había anunciado y dijo que el primer intento sigue vivo. La interpretación cayó mal en la independencia, la oposición y otros sectores políticos. ¿El Gobierno está jugando con fuego?
Por: Andrés Mateo Muñoz

“Mañana les tengo la sorpresa de que la consulta anterior sigue viva”, dijo el ministro Benedetti el pasado 26 de mayo. Un día después, la sorpresa llegó en forma de dinamita política. El funcionario anunció que si el Senado no se pronuncia sobre la primera solicitud de consulta popular en los próximos seis días, esta se convocará por decreto. Una maniobra jurídica basada en una leguleyada que pone sobre la mesa buena parte del capital político que le queda al Gobierno. ¿Estrategia, jugada maestra o descoordinación en el Ejecutivo?
La última semana ha sido de tumbos del alto Gobierno sobre su nueva bandera: la consulta popular. Después del hundimiento de la propuesta en la plenaria del Senado, la reacción del Ejecutivo ha transitado en etapas contradictorias: acusación de fraude, radicación de una segunda solicitud, radicación de una tercera por un error en el segundo intento y ahora la amenaza de una convocatoria por decreto si no se cumple un límite de tiempo casi inmediato. Todo mientras en la Comisión Cuarta se hundió de forma exprés la ponencia del Pacto Histórico de la reforma laboral, a la que nadie le tenía fe.
¿‘Cabezazo’ de Benedetti o patadas de ahogado?
El argumento del ministro del Interior es simple: antes de la votación no hubo un anuncio oficial de la proposición a votar, lo que aparentemente va en contra del artículo 125 de la Ley Quinta, que reglamenta el funcionamiento del Congreso.
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“Cerrada la discusión se dará lectura nuevamente a la proposición que haya de votarse”, dice el artículo.
Siendo así, dice Benedetti, en estricto sentido el Senado no se ha pronunciado sobre la primera solicitud de la consulta popular. Por ello, el plazo siguió corriendo y vence el próximo 1° de junio. Si antes de ese día no se vuelve a votar, el Gobierno queda facultado para convocar al mecanismo por decreto, por lo menos a eso se aferra el ministro de la política.
Sin embargo, la argumentación del Gobierno tiene varios puntos controversiales. Según el abogado constitucionalista Franklin Torres, “ese vicio aparente no tendría la suficiencia para considerar que lo decidido por el Senado no surtió efectos. Hay una votación que incluso fue formalmente recurrida y posteriormente confirmada”. En otras palabras, es contradictorio que el Gobierno asegure que el Congreso no se ha pronunciado sobre la primera solicitud de consulta después de no solo haber impugnado esa votación sino también de presentar otros dos intentos.
En esto discrepa el constitucionalista Hernán Olano, quien considera que la votación es jurídicamente nula: “El error significa que como no habría un pronunciamiento válido, el Gobierno sería autónomo para actuar por decreto”, dijo el académico.
Por otro lado, tampoco es claro que ese supuesto vicio de trámite faculte al Gobierno a convocar la consulta por decreto. De hecho, ni siquiera es la Casa de Nariño la que debe determinar si hubo o no un error de procedimiento. Si el Ejecutivo lo considera así, debe recurrir al poder judicial y no saltar de una vez a la convocatoria. Así lo cree el constitucionalista Juan Manuel Charry:
“(El Gobierno) no puede hacer la convocatoria mediante decreto porque faltaría uno de los elementos de procedimiento que es el concepto previo y favorable por parte del Senado”, aseguró el jurista.
Según el artículo 33 la Ley 1757, la consulta se realizará tres meses después del concepto favorable del Senado "o del vencimiento del plazo indicado para ello". Esa última frase es la que expone el Gobierno para justificar el eventual decreto.
En medio de la discusión han surgido otros referentes de jurisprudencia. Por ejemplo, en la sentencia C-314 de 2022, que se produjo de una demanda contra la Ley de Inversión Social de 2021 del gobierno de Iván Duque, la Corte Constitucional no encontró que se hubiese violado el principio de publicidad del proyecto en su segundo debate.
La demanda la interpuso en su momento Germán Navas Talero, quien argumentó que entre la publicación de las tres ponencias del proyecto y el segundo debate pasaron menos de 13 horas, un lapso insuficiente para estudiar las propuestas y por lo tanto no hubo la publicidad suficiente. La Corte consideró que la publicidad de los proyectos se puede cumplir de varias maneras, incluidos los anuncios y explicaciones orales de lo que se va a votar y la publicación en la Gaceta Oficial.
Según la grabación de la transmisión oficial del debate, el secretario del Senado, Diego González, sí anunció que el punto a seguir era la votación de la consulta.
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“Siguiente punto es la votación de la consulta popular de carácter nacional presentada por el presidente de la república”, dijo González a las 3:57 de la tarde del 14 de mayo pasado.
González publicó un comunicado explicando porque para él la votación de la consulta fue hecha dentro de la legalidad. El secretario argumentó, entre otras cosas, que la solicitud de consulta se publicó en la Gaceta, se discutió previamente y que la solicitud no tenía una proposición.

Lo anterior, a diferencia de la consulta anticorrupción, aprobada el 5 de junio de 2018, cuando sí se discutió explícitamente una proposición, pues esta fue radicada por la entonces senadora Claudia López. Ese referente también lo usó el ministro Benedetti para justificar su idea de la consulta por decreto.
Más allá del álgido debate jurídico, el Gobierno parece ir de frente con este nuevo camino. Hasta el momento, el presidente Petro se ha pronunciado a través de X, en donde señaló que ‘cumplirá la ley’ y respaldó el argumento de su ministro Benedetti. La polémica estrategia, con el guiño del jefe de Estado, despertó la furia de la oposición y de sectores independientes como el ala gavirista del Partido Liberal.
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"Nuestro país tiene tres cortes que están en el deber de actuar para evitar que ello suceda. Hago un llamamiento para que actúen para defender la Constitución", dijo el expresidente César Gaviria.
El fantasma de la ruptura institucional volvió con fuerza y por ello se anticipa una avalancha de demandas de inconstitucionalidad al eventual decreto de la consulta, pues por norma este no tiene control automático de la Corte Constitucional.
