Hernán Penagos seguirá en su cargo: Consejo de Estado niega la suspensión de la elección del registrador

Crédito: Colprensa

25 Abril 2024

Hernán Penagos seguirá en su cargo: Consejo de Estado niega la suspensión de la elección del registrador

Tras una demanda presentada para inhabilitar la elección del registrador Hernán Penagos, el Consejo de Estado consideró que no existen méritos suficientes para suspenderlo provisionalmente de su cargo mientras se estudia la acción judicial.

Por: Redacción Cambio

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La sección quinta del Consejo de Estado decidió no suspender al registrador Hernán Penagos mientras se estudia a fondo la acción judicial presentada para inadmitir su elección para el periodo 2023-2027.

En la demanda presentada por Leonardo Augusto Torres Calderón, se argumentaron supuestas irregularidades en el proceso de selección del registrador, específicamente relacionadas con el concurso de méritos que condujo a su elección y su inhabilidad para haberse presentado al cargo porque era servidor público en otra entidad. 

El demandante señaló que Penagos Giraldo, al postularse para el concurso, estaba inhabilitado debido a su cargo anterior como magistrado del Consejo Nacional Electoral el año anterior. Además, alegó anomalías en la inscripción del candidato y el puntaje requerido para las entrevistas.

Sin embargo, la Sala Electoral del Consejo de Estado determinó que la evidencia presentada no era suficiente para demostrar las irregularidades alegadas en el proceso de elección y que el proceso de selección del registrador es diferente al de un congresista.  

"El alcance desarrollado frente a las causales estudiadas en los referidos procesos, evidentemente no resulta predicable o extensible al asunto objeto de análisis respecto del registrador nacional", señala el fallo. 

Por otro lado, respecto a la inhabilidad del candidato, consideraron que no podían tomar una decisión definitiva debido a dudas significativas sobre la interpretación del artículo 126 de la Constitución.

"Existen dudas interpretativas frente al contenido del artículo 126 constitucional, de manera que, en este momento procesal, no es posible establecer los elementos configurativos de la causal de inhabilidad alegada.", aclara el Consejo de Estado. 

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