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¿Por qué se revocó la sentencia que le ordenaba a Polo Polo ofrecer disculpas públicas a las víctimas?
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El Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo con el que se le exigía al congresista ofrecer disculpas públicas a las madres de las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales en el país.

El pasado 6 de diciembre, el juzgado 30 civil del Circuito de Bogotá le ordenó al representante a la Cámara Miguel Polo Polo ofrecer disculpas públicas por el irrespeto a la memoria de las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales. Sin embargo, más de un mes después, el Tribunal de Bogotá revocó el fallo.

En su decisión, la Sala Séptima de Decisión indicó que el juzgado civil debió requerir previamente a Polo Polo para que se retractara de los hechos a través del proceso de rectificación. Además, el Tribunal consideró que no se logró acreditar que la negativa de Polo Polo a ofrecer disculpas públicas causara un “perjuicio irremediable”, que justificara la intervención del juez constitucional.
“Las publicaciones cuestionadas corresponden a un acto político dirigido a esclarecer la verdad histórica sobre los 'Falsos positivos', sin referirse directa o indirectamente a las víctimas, ni a la Asociación de Madres de Falsos Positivos (Mafapo)”, afirmó el Tribunal Superior en su sentencia.

Por otra parte, la Sala estimó que el video difundido por el representante pretendía exigirle a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) información precisa sobre las cifras de ejecuciones extrajudiciales en el país. Por eso, el Tribunal decidió revocar el fallo de primera instancia y declarar la tutela como improcedente.
“Censurar este acto político vulnera la libertad de expresión y el derecho a contribuir al debate público sobre hechos de interés nacional, lo que afecta negativamente la construcción colectiva de la memoria histórica”, concluyó el tribunal.
¿Qué ordenaba el fallo revocado por el Tribunal Superior de Bogotá?
En su fallo inicial, el juzgado 30 civil le ordenó al representante Miguel Polo Polo ofrecer disculpas a las madres que integran la Asociación de Madres de Familia de Falsos Positivos (Mafapo) y al país, ante un medio de comunicación institucional, por los actos realizados en contra de la memoria de las víctimas.

Por otra parte, el juzgado le ordenó al representante restituir la obra artística con la que las víctimas buscaban construir memoria para promover la no repetición de las ejecuciones extrajudiciales. De hecho, en el fallo se establecía que el congresista tenía un plazo de tres días para restaurar la obra en las mismas condiciones en las que se encontraba dispuesta en la Plaza de Núñez.
“En el acto publicado en sus redes sociales, el congresista desechó la obra artística denominada ‘Mujeres con las botas puestas’. Polo Polo depositó en la basura las botas que se han convertido en un acto de compensación por las víctimas del conflicto armado, cuyo fin es preservar la memoria histórica”, indicó el juzgado civil en su fallo.

Finalmente, el juzgado 30 civil del Circuito de Bogotá consideró que en los actos del congresista se presentó una vulneración a los derechos fundamentales de las víctimas, así como una afectación a la verdad judicial y a la seguridad jurídica de las madres de los mal llamados ‘falsos positivos’.
