Cárceles: el ministro de Justicia recibió un estado de cosas inconstitucional, y entregará dos
9 Abril 2022

Cárceles: el ministro de Justicia recibió un estado de cosas inconstitucional, y entregará dos

Crédito: Colprensa

La pandemia tuvo algunos efectos positivos en nuestra administración de justicia.

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Por Yesid  Reyes  Alvarado

Durante años se había intentado reducir el desplazamiento de los presos para su participación en diligencias judiciales, no solo por los costos que eso implicaba en gastos de transporte y vigilancia, sino porque en esos trayectos aumentaban las probabilidades de fuga; aunque se construían salas especiales en los centros de reclusión para celebrar las videoconferencias, la renuencia de algunos empleados del Inpec, de ciertos funcionarios judiciales y de no pocos abogados seguía siendo muy alta. Como el confinamiento no podía conducir a la paralización de la justicia, las audiencias remotas pasaron de ser una posibilidad teórica a un imperativo. Ya no hubo disculpas presupuestales, ni necesidad de crear comisiones o contratar consultorías para evaluar su viabilidad, ni cursos de formación ni etapas de implementación; en un tiempo relativamente corto la gente se acostumbró a esta modalidad de trabajo, y ahora exigen que se lo mantenga y piden que se exploren más alternativas en ese ámbito que permitan, por ejemplo, una práctica segura de pruebas.

Se adoptaron medidas transitorias para permitir que algunos presos pudieran pasar a detención o prisión domiciliaria y se prohibió el traslado de centros de reclusión transitoria como estaciones de policía o Unidades de Reacción Inmediata a las cárceles.

En el tema carcelario, por el contrario, no se aprovecharon las oportunidades que ofreció la pandemia; con el argumento de que el sobrecupo en las prisiones podía disparar los contagios de covid-19, se adoptaron medidas transitorias para permitir que algunos presos pudieran pasar a detención o prisión domiciliaria y se prohibió el traslado de centros de reclusión transitoria como estaciones de policía o Unidades de Reacción Inmediata a las cárceles. Como esto llevó a una drástica caída en la cifra de prisioneros a nivel nacional, el ministro de Justicia ha insistido de manera reiterada en que durante su gestión se ha conseguido bajar el hacinamiento a niveles que no se veían desde hace varias décadas. Lo malo es que, por estar pendiente de adjudicarse estos resultados conseguidos por la covid-19, el ministro se olvidó de contar que mientras en las cárceles la cantidad de reclusos bajaba aceleradamente, su número subía de manera incontrolable en las estaciones de policía y en las Unidades de Reacción Inmediata.

Si el asunto se redujera tan solo a sacar personas de un recinto sin revelarle a la opinión pública el lugar a donde se las ha movido, no pasaría de ser un ingenioso acto de prestidigitación; el problema es que esos sitios transitorios de reclusión, como su propio nombre lo indica, son diseñados como zonas de paso para pequeños grupos de prisioneros; no están concebidos para albergarlos durante períodos prolongados, ni están adecuados para permitir la permanencia de condenados que, entre otras cosas, deben cumplir su sentencia en instalaciones que cuenten con los medios adecuados para iniciar su proceso de resocialización.

El primer decreto de emergencia económica recordó a los mandatarios locales que tienen la facultad de crear fondos de infraestructura para la puesta en marcha de centros de reclusión municipales y departamentales, lo que permite avanzar en uno de los objetivos que se había trazado el gobierno anterior: la construcción de cárceles pequeñas y de baja seguridad para sindicados, que no solo posibiliten cumplir las normas que asignan a las autoridades locales el manejo de los detenidos preventivamente, sino que permitan mantenerlos separados de los que ya están cumpliendo penas y, en lo posible, cerca de su entorno familiar. Pero para que eso ocurra no basta con la existencia de leyes; el gobierno nacional debe acercarse a las autoridades regionales para buscar la mejor manera de materializar ese propósito, brindándoles alternativas económicas para alimentar esos fondos, ofreciendo la posibilidad de prisiones cuya edificación y administración estén a cargo de varios municipios para que los costos se reduzcan, e incluso para asumir los propios del terreno y de la obra.

Nada de eso se hizo; mientras el ministro de Justicia miraba embelesado cómo disminuía el nivel de hacinamiento en las cárceles, los números crecían de manera incontrolable en las estaciones de policía y en las Unidades de Reacción Inmediata sin que él hiciera nada por evitarlo.

Nada de eso se hizo; mientras el ministro de Justicia miraba embelesado cómo disminuía el nivel de hacinamiento en las cárceles, los números crecían de manera incontrolable en las estaciones de policía y en las Unidades de Reacción Inmediata sin que él hiciera nada por evitarlo. Cuando el asunto es atribuirse la disminución de presos, reivindica el tema como propio de sus responsabilidades; pero si se trata de rendir cuentas por las evasiones, se comporta como si el Inpec no dependiera de su despacho. Con esa actitud, se despreocupó tanto de lo que ocurría en los centros transitorios de reclusión que hace unos días la Corte Constitucional tuvo que decretar el estado de cosas inconstitucional debido a la violación sistemática de los derechos fundamentales de quienes permanecen recluidos allí -adicional al que ya había decretado desde 1998 respecto del sistema penitenciario-, y señaló como sus principales responsables al Ministerio de Justicia y a dos entidades que dependen de él: el Inpec y la Uspec.

Para superar la situación, la Corte ordenó al Inpec que en un plazo máximo de dos meses traslade a todos los condenados a establecimientos penitenciarios, porque ese es el lugar en el que se debe cumplir la pena privativa de la libertad. A los Ministerios de Justicia y Hacienda les dijo que, junto con el Departamento Nacional de Planeación, deben elaborar un documento Conpes que garantice las obligaciones financieras en materia carcelaria.  También les indicó a las entidades territoriales que deben habilitar sitios donde las personas puedan permanecer detenidas preventivamente en circunstancias dignas, lo que significa, fundamentalmente, que cuenten con condiciones de seguridad, salubridad, higiene y sanidad adecuadas. Si bien les pide a las gobernaciones y a las ciudades capitales que en los próximos dos años presenten proyectos para la construcción de nuevas cárceles para no condenados, es importante que el gobierno central se acerque a esos entes territoriales y los apoye en el desarrollo de esos planes para evitar que resulte afectada la inversión en otros rubros a los que también deben dirigir recursos públicos, como la educación o la salud.

Lo que la Corte expone en esa decisión es, básicamente, un recuento de lo que debería haberse hecho en favor del sistema penitenciario para aprovechar las facultades que concede la emergencia económica, y que no se hizo por estar pendientes de mostrar como un logro propio lo que la covid-19 había conseguido: disminuir el hacinamiento en las cárceles. Al ministro le queda parodiar la frase que se le atribuye a José Manuel Marroquín después de que bajo su gobierno se perdiera Panamá, para decir que recibió el cargo con una declaratoria de cosas inconstitucional en materia de centros de reclusión, y lo entregará con dos.
 

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