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¿Qué pasará con las cesantías con la reforma pensional?
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A partir del primero de julio de 2025, Colombia contará con un nuevo sistema de ahorro, administración y pago de pensiones por jubilación, así como de subsidios para adultos mayores sin pensión. Sin embargo, muchos se preguntan qué pasará con las cesantías que pagan los empleadores y que también administran los fondos privados de pensiones.
Por: Angélica M. Gómez

Las leyes colombianas obligan a los empleadores a pagar cada año a sus trabajadores las cesantías que se depositan en una cuenta a su nombre, en una administradora financiera, y los intereses de esas cesantías a sus cuentas bancarias.
Este pago, que se entrega teniendo en cuenta el salario de cada quien y el tiempo trabajado en esa empresa o entidad durante el año, puede ser administrado por varias entidades financieras, las más populares son las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y el Fondo Nacional del Ahorro.
En el caso de las AFP, la reforma pensional aprobada este año por el Congreso y que entrará en vigencia el próximo primero de julio de 2025 plantea varios cambios en la forma en la que administrarán los ahorros pensionales y los flujos que recibirán.
Estas entidades seguirán administrando los recursos que ya están depositados en las cuentas de ahorro individual de cada afiliado y seguirán atendiendo bajo el régimen anterior a quienes ya están jubilados o entran en el régimen de transición y así lo decidan. Para los demás y los nuevos trabajadores, las AFP solo podrán recibir y administrar el ahorro correspondiente a una cotización de más de tres salarios mínimos, ya que el ahorro se dividirá entre Colpensiones, que administrará lo correspondiente a los tres primeros salarios, y las AFP, que recibirán y administrarán el saldo restante.
Pero para las cesantías, la reforma pensional no plantea cambio alguno. Es decir, las mismas entidades financieras seguirán administrando estos recursos en las mismas condiciones que hasta el momento están establecidas.
¿Cómo retirar las cesantías?
Este ahorro está diseñado para asegurar a los trabajadores en tiempos de desempleo, pero también puede retirarse sin ningún costo en tres casos especiales: la compra de vivienda, la remodelación o mejora de vivienda, y para financiar educación propia o de un familiar directo, incluida la pareja sentimental.
Si quiere usar dicho ahorro para propósitos diferentes, podrá hacerlo si presenta los mismos documentos, pero tenga en cuenta que será sujeto de impuestos como retenciones y, dependiendo del monto, incluso la tasa de ganancias ocasionales.
