Crisis en Gaza: ¿Qué significa la decisión de la Corte Internacional de Justicia en el caso de Sudáfrica contra Israel?
26 Enero 2024

Crisis en Gaza: ¿Qué significa la decisión de la Corte Internacional de Justicia en el caso de Sudáfrica contra Israel?

Crédito: Cancillería

El órgano judicial principal de Naciones Unidas aceptó investigar las acusaciones sobre posibles actos genocidas de Israel en Gaza. Aparte, dictó medidas provisionales que deben tomarse inmediatamente. ¿Qué viene ahora?

Por: Pía Wohlgemuth N.

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Los canales de televisión más importantes del mundo detuvieron su programación usual este 26 de enero. Todos transmitieron, desde las 7 de la mañana (hora Colombia), la decisión de La Haya sobre el caso de Sudáfrica contra Israel, por presuntas violaciones a la Convención sobre la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. La presidenta del alto tribunal, Joan E. Donoghue, anunció que el país africano reclama derechos “plausibles” y que, por eso, investigará a fondo. La Corte dictó medidas inmediatas y obligatorias para Israel. Esto no significa que lo haya declarado culpable de genocidio, sino que ve razones para revisar los hechos.

A finales de diciembre de 2023, Sudáfrica presentó la demanda por este asunto ante la Corte. Anotó que Israel violó sus obligaciones convenidas en ciertos puntos de la Convención y pidió medidas en su contra. Por su lado, Israel dijo durante el proceso que Sudáfrica ignoró los hechos del 7 de octubre –cuando el grupo Hamás asesinó a más de 1.000 ciudadanos israelíes en un ataque sin precedentes–, por los que comenzó el ataque sobre la Franja de Gaza.

Después de revisar los argumentos de las partes, la Corte Internacional de Justicia admitió el llamado de Sudáfrica. La presidenta de la Corte también leyó algunos de los pronunciamientos de oficiales de Israel y de Naciones Unidas (ONU), que de una u otra manera se incorporaron a los argumentos para decidir revisar la acusación hecha por Sudáfrica.

Entre esos, resaltó lo que dijo Yoav Gallant, ministro de Defensa de Israel, el 9 de octubre del año pasado: “He ordenado un asedio completo a la Franja de Gaza. No habrá electricidad, ni comida, ni combustible, todo está cerrado (...) Estamos luchando contra los animales humanos y actuamos en consecuencia". (...) “Gaza no volverá a ser lo que era antes, no habrá Hamás, eliminaremos todo”.

También, citó a Isaac Herzog, presidente de Israel, cuando ese mismo mes señaló: “Estamos trabajando, operando militarmente en términos de acuerdo con las normas del derecho internacional, punto. Inequívocamente. Es toda una nación la que es responsable. No es cierta esa retórica acerca de que los civiles no están conscientes, no están involucrados. Es absolutamente falso. Podrían haberse levantado, podrían haber luchado contra ese malvado régimen que se apoderó de Gaza mediante un golpe de Estado”. 

La Corte también citó las cifras que reporta la autoridad sanitaria palestina de más de 25.000 personas muertas desde que comenzó la ofensiva de Israel, y los múltiples efectos de los ataques sobre la población.

Inclusive, dijo que es urgente tomar medidas antes de alcanzar su decisión final, pues “hay un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable a los derechos”, que determinó “plausibles”.

Esto fue calificado como una victoria para Sudáfrica y para los palestinos, ya que la Corte también le ordenó a Israel hacer todo lo posible por prevenir un genocidio. Además, dejó claro que los palestinos en Gaza son parte de un grupo protegido y, por eso, Israel debe actuar en consecuencia.

Sin embargo, la Corte no ordenó el cese al fuego ni le exigió a Israel salirse del territorio de la Franja de Gaza. Para Walter Arévalo, profesor de Relaciones Internacionales de la Universidad del Rosario, esto puede responder a que la Corte entiende que Israel puede estar ejerciendo su derecho a la legítima defensa. Así mismo, exigirle que cese sus acciones, mientras hay rehenes israelíes en Gaza, podría ser contradictorio con ese derecho. 

Según Ricardo Abello, profesor de Derecho Internacional del Rosario, “bajo esa perspectiva, es clara la distinción que hace la Corte entre la población palestina y Hamás”.

¿Qué viene ahora?

No está claro cuánto tardará en haber una decisión de fondo. Podrían ser años o solo meses. Sin embargo, Israel tiene que enviarle a la Corte un informe en el que demuestre las acciones tomadas, con base en las medidas provisionales que le ordenó. Estas medidas son obligatorias y vinculantes: Israel tiene que seguirlas por ley. Sin embargo, “el cumplimiento de esto dependerá de la buena voluntad de Israel”, indica Enrique Prieto-Ríos, profesor de Derecho Internacional de la misma institución.

Esto implica que, mientras la Corte investiga, Israel deberá tomar medidas para prevenir un genocidio. Si no lo hace, habría fundamentos adicionales de cuestionamiento internacional en su contra. En contraste, los oficiales de Israel han argumentado repetidamente que siempre han seguido las reglas del Derecho Internacional Humanitario. Como no hay exigencia de cese al fuego, el Ejército de ese país no dejaría de atacar la Franja con el argumento de acabar con Hamás. 

“El cumplimiento de las medidas dictadas es evitar que se generen mayores daños y que se pierda la evidencia relativa a las obligaciones de prevención y sanción del genocidio”, sostiene Arévalo, quien también es presidente de la Academia Colombiana de Derecho Internacional.

Posibles desenlaces

Los hechos concretos de los que se habla en este caso son supuestas violaciones al artículo 2 de la Convención contra el Genocidio. Si esto sucedió y la Corte determina que hay pruebas suficientes para decirlo, “esa será la razón para declarar la responsabilidad de Israel”, agrega el profesor Arévalo. 

El profesor Abello considera que uno de los posibles desenlaces es que finalmente se condene a Israel por haber actuado en contra de la Convención. Es decir, que se concluya que, en efecto, hubo un intento de genocidio de la población palestina.

Sin embargo, también podría ocurrir lo contrario, que no necesariamente implicaría la inocencia de ese país. Es decir, el alto tribunal de la ONU podría decir que Israel no violó la Convención como Estado, pero en otra instancia, como la Corte Penal Internacional o incluso en la justicia local de Israel, podrían juzgar a individuos específicos por crímenes en Gaza.

No obstante, todavía es pronto para saber cuál será la decisión final. Determinar que ha ocurrido un genocidio es complejo, porque se deben comprobar factores específicos correspondientes con la definición de ese crimen. Debe haber una intención explícita –el punto fundamental– de cometer la eliminación física de un grupo por su nacionalidad, etnia, raza o religión, y tener las pruebas de que fue así.

“Para constituir un genocidio, también debe determinarse que las víctimas han sido atacadas de forma deliberada (no de forma aleatoria) por su pertenencia real o percibida a alguno de los cuatro grupos protegidos por la Convención. Esto supone que el objetivo de la destrucción debe ser el grupo, como tal, o incluso una parte de él, pero no sus miembros como individuos”, dice Naciones Unidas.

 

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