
Cuota de alimentos para adultos mayores: ¿cómo solicitar apoyo a los familiares?
El Código Civil colombiano determina que los adultos mayores tienen derecho a recibir apoyo económico, no solo de sus hijos, sino de otros familiares con grado cercano de consanguinidad. Entérese de qué dice la normativa al respecto.
Por: Redacción Cambio
Según el Código Civil Colombiano, los adultos mayores pueden exigirles a sus familiares una cuota de alimentación, ya sean hijos, cónyuges, hermanos o nietos.
“Aunque la emancipación dé al hijo el derecho de obrar independientemente, queda siempre obligado a cuidar de los padres en su ancianidad (...) y en todas las circunstancias de la vida en que necesitaren sus auxilios”, plantea el artículo 251 del Código.
El artículo 252 plantea que, en dado caso de insuficiencia o inexistencia de descendientes inmediatos, “tienen derecho al mismo socorro todos los demás ascendientes legítimos”.
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