¿Cómo aplicar a los descuentos y subsidios a tarifas de TransMilenio?
3 Febrero 2023

¿Cómo aplicar a los descuentos y subsidios a tarifas de TransMilenio?

Estos son los requisitos que debe cumplir si quiere acceder a los incentivos y subsidios que ofrece el Distrito para obtener rebajas en la tarifa de TransMilenio que hoy está en 2.950 pesos.

Por: Redacción Cambio

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Más de 900.000 personas en Bogotá se verán beneficiadas con los subsidios y rebajas tarifarias que el Distrito está ofreciendo a la población con menor capacidad de pago.

Con el beneficio se tendrá el 25 por ciento de descuento en la tarifa vigente (2.950 pesos para servicios troncales y 2.750 pesos para servicios zonales) y estará vigente por 30 viajes cada mes, es decir que a partir del viaje 31, la tarifa será la misma que debe pagar el usuario común. No es aplicable a las tarifas por trasbordo.

¿Para quiénes aplica este beneficio?

Podrán acceder las personas de 16 años o mayores, registradas en la base de datos del Sisbén de la Secretaría Distrital de Planeación (es decir que debe residir en Bogotá) con una calificación entre 0 y 30,56 puntos.

¿Cómo se puede aplicar al beneficio?

Si cumple con los requisitos, se deberá dirigir con tarjeta Tu Llave y cédula en mano a uno de los puntos de personalización y solicita el beneficio.

También será necesario completar la encuesta Sisben IV. En este link puede encontrarla.

Para personas con discapacidad permanente

Este beneficio otorga subsidio a personas con discapacidad permanente residentes en Bogotá e inscritas en el "Registro para la localización y caracterización de las personas con discapacidad permanente de la ciudad de Bogotá D. C.", administrado y actualizado en Bogotá D.C. por la Secretaría Distrital de Salud.

Esta población cuenta con un subsidio de $29.500 abonados mensualmente a la tarjeta TuLlave plus especial.

Requisitos

  • Estar inscrito en los sitios dispuestos por la Secretaría de Salud a través de los Hospitales de primer y segundo nivel de la Red Pública en las distintas localidades de Bogotá. 
  • Certificar médicamente la discapacidad y la persona debe estar inscrita en el Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad de la ciudad de Bogotá D.C., el cual es administrado y actualizado por la Secretaría Distrital de Salud. Al punto de registro debe asistir la persona con discapacidad, ya que la información solicitada, parte del auto reconocimiento de dicha condición. 
  • Ser residente permanente (mínimo seis meses) en la ciudad de Bogotá. 
  • El subsidio solo se otorgará a personas con discapacidad permanente, es decir, personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que al interactuar con entornos sociales, económicos, políticos y demás, encuentran diversas barreras que puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad (Ley 1346 de 2009). 
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