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¿Qué es el estado de conmoción? Alcance, qué se puede hacer gracias a él y qué no
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Los estados de excepción son medidas extraordinarias que el Estado aplica para enfrentar situaciones fuera de lo normal que no pueden resolverse por medios regulares. Uno de estos estados es el de Conmoción Interior, que se implementa ante perturbaciones graves en el orden público. ¿Qué pautas funcionan bajo esta figura?
Por: Gabriela Casanova

Los estados de excepción son aplicados cuando el Estado requiere tomar medidas extraordinarias para hacer frente a situaciones que están por fuera de la normalidad y no pueden ser solucionadas a través de los conductos regulares que tiene un gobierno.
Hay diferentes tipos de estados de excepción, como por ejemplo el estado de guerra exterior, el estado de emergencia económica, social y ecológica y el estado de conmoción interior. Sobre este tercer tipo, el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico lo define como:
“Declaración que efectúa el presidente de la República en todo o parte del territorio nacional ante casos de grave perturbación del orden público que atenten de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana y que no puedan ser conjuradas mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades”.
De hecho, el artículo 213 del capítulo 6 de los estados de excepción de la Constitución Política de Colombia tiene esta misma definición en un diferente orden de palabras: “En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía…”.

¿Qué se puede hacer en el estado de conmoción interior?
De acuerdo con una cartilla informativa de la Universidad de los Andes, con la declaratoria del estado de conmoción interior el presidente de la República podrá expedir decretos “que tienen fuerza material y rango de ley”, teniendo en cuenta que normalmente solo el Congreso puede expedir leyes. De todas formas, la institución aclara que, en este caso, el presidente no reemplazará al Congreso, pues esta entidad seguirá operando como siempre.

¿Por cuánto tiempo se podrá mantener el estado de conmoción interior?
De acuerdo con la Constitución, el presidente de la República, con la firma de todos los ministros, “podrá declarar el estado de conmoción interior en toda la República, o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República”.
Sin embargo, dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del estado de conmoción, “el Congreso se reunirá por derecho propio, con la plenitud de sus atribuciones constitucionales y legales. El presidente le pasará inmediatamente un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración”.
Lo que se puede hacer
Según la Ley 137 de 1994, estas son las acciones que puede llevar a cabo un gobierno en el estado de conmoción interior:
- Restringir el derecho de circulación y residencia.
- Establecer restricciones a la radio y la televisión para divulgar informaciones que puedan generar un peligro grave e inminente para la vida de las personas, o incidir de manera directa en la perturbación del orden público.
- Someter a permiso previo o restringir la celebración de reuniones y manifestaciones que puedan contribuir a la perturbación del orden público, y disolver aquellas que lo perturben.
- La interceptación o registro de comunicaciones con el único fin de buscar pruebas judiciales o prevenir la comisión de delitos.
- Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
- Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción.
- Subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos civiles a los extranjeros, de conformidad con el artículo 100 de la Constitución.
- El presidente de la República podrá suspender al alcalde o gobernador, y este, a su vez, podrá suspender a los alcaldes de su departamento, cuando contribuyan a la perturbación del orden.
- Imponer contribuciones fiscales o parafiscales para una sola vigencia fiscal, o durante la vigencia de la conmoción, percibir contribuciones o impuestos que no figuren en el presupuesto de rentas y hacer erogaciones con cargo al Tesoro.
- Modificar el presupuesto, ante lo cual deberá rendir cuentas al Congreso, en un plazo de cinco días, para que este pueda derogar o modificar disposiciones según su competencia.
- Suspender la vigencia de los salvoconductos expedidos por las autoridades militares, para el porte de armas y carros blindados en determinadas zonas.
- Disponer inspecciones o registros domiciliarios con el único fin de buscar pruebas judiciales o prevenir la comisión de delitos.
- La aprehensión preventiva de personas de quienes se tenga indicio sobre su participación o sobre sus planes de participar en la comisión de delitos relacionados con las causas de la perturbación del orden público.
- Utilizar temporalmente bienes e imponer la prestación de servicios técnicos y profesionales.
Lo que no se puede hacer
Según la Ley 137 de 1994, estas son las acciones que no puede llevar a cabo un gobierno en el estado de conmoción interior:
- Imponer trabajos forzados.
- Prohibir a organizaciones o personas la divulgación de información sobre violación de los derechos humanos.
- Restringir el derecho de huelga en los servicios públicos no esenciales.
- Suspenderse los derechos humanos y libertades fundamentales.
- Los civiles no podrán ser investigados o juzgados por Tribunales Penales Militares.
La ley menciona que se respetarán las reglas del Derecho Internacional Humanitario.
¿Ya se había aplicado el Estado de Conmoción Interior?
El diario El Espectador realizó un recuento de las veces que se había declarado el estado de conmoción interior. Según dicho medio, la primera en que se aplicó esta medida fue en 1992, cuando el entonces presidente César Gaviria Trujillo buscaba evitar que los responsables de crímenes, como el asesinato de Luis Carlos Galán, quedaran en libertad. Posteriormente, hubo otras declaraciones de conmoción interior: una debido a una "escalada terrorista de la guerrilla" ese mismo año, y una tercera en 1994, para evitar la salida masiva de reclusos de las cárceles, aunque fue declarada inconstitucional.
