Mi Casa Ya: estos son los cambios en los criterios de priorización

Crédito: Foto Alcaldía de Bogotá.

6 Septiembre 2023 09:09 pm

Mi Casa Ya: estos son los cambios en los criterios de priorización

Recientemente, se expidió una resolución que explica la modificación de los criterios de priorización de los potenciales beneficiarios del programa Mi Casa Ya. Conozca los detalles.

Por: Redacción Cambio

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Mi Casa Ya es un programa de subsidios del Gobierno destinado a personas en condición de vulnerabilidad que deseen adquirir vivienda nueva. Recientemente, el Ministerio de Vivienda, que está a cargo de este programa, modificó los criterios de priorización para los potenciales beneficiarios del subsidio. 

El programa está dirigido a colombianos interesados en comprar vivienda nueva que no han sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda o cobertura a la tasa de interés y que no son propietarios en el territorio nacional.

Hasta el 2022, Mi Casa Ya otorgaba montos de subsidio que dependían de los ingresos de los ciudadanos, sin embargo, desde el 2023 se ceden dependiendo el grupo de Sisbén. Por lo tanto, es clave que los potenciales beneficiarios hayan realizado la encuesta IV y hayan sido clasificados entre los subgrupos A1 y D20. 

Según la resolución 0788 del 30 de agosto de 2023, hubo un cambio en los criterios de priorización para la entrega de este subsidio. De ahora en adelante el puntaje se asignará de la siguiente manera:

  • Grupo A del Sisbén IV: 30 puntos
  • Grupo B del Sisbén IV: 25 puntos
  • Grupo C del Sisbén IV: 15 puntos
  • Grupo D del Sisbén IV: 10 puntos

En caso de que la vivienda en la que se abonará el subsidio se encuentre en una zona rural se adicionarán 20 puntos, pero de encontrarse en una zona urbana, no tendrá puntos adicionales.

Según la categoría del municipio, se establece la siguiente puntuación:

  • Categoría 6 y 5: 20 puntos
  • Categoría 4 y 3: 15 puntos
  • Categoría 1 y 2: 10 puntos
  • Categoría especial: 0 puntos

De acuerdo con el tipo de vivienda:

  • Vivienda de Interés Social: 0 puntos
  • Vivienda de Interés Prioritario: 20 puntos

Si es víctima de conflicto armado, se le otorgarán 5 puntos y si es de enfoque diferencial, también se le otorgará la misma cantidad de puntos. 

Las personas de enfoque diferencial son mujeres cabeza de familia, trabajadoras del sector informal, madres comunitarias, personas de tercera edad, miembros de comunidades étnicas, población en situación de discapacidad, integrantes de la fuerza pública que cuentan con una asignación del retiro o pensionados por invalidez, entre otros. 

Por otro lado, con esta resolución también se amplía el régimen de transición del programa hasta el 31 de diciembre de este año, para apoyar a las familias que ya tienen un negocio inmobiliario adelantado, reducir el stock de viviendas terminadas y minimizar los desistimientos. De esta forma, se prioriza la asignación de los subsidios a los hogares que tengan prevista la firma de escrituras en este periodo. 

Otro avance que ha tenido el programa es la radicación del proyecto de presupuesto 2024 ante el Congreso de la República, con el que se garantizan los recursos para asignar nuevamente 50.000 subsidios de Mi Casa Ya el próximo año.

Así mismo, el 1 septiembre fue publicado para participación ciudadana el decreto que amplía por un año la vigencia de las licencias urbanísticas de proyectos que se vieron perjudicados por la avalancha que destruyó parte de la vía Panamericana en el suroccidente del país. Con este Decreto, los desarrolladores de los proyectos podrán avanzar y finalizar la ejecución de las obras sin necesidad de adelantar largos trámites ante oficinas de planeación o curadurías.

¿Cómo aplicar a Mi Casa Ya?

  1. Seleccionar la vivienda tipo VIS o VIP de su preferencia.
  2. Acudir al establecimiento de crédito o entidad de economía solidaria de preferencia del hogar, para iniciar el proceso de compra de vivienda.
  3. Estas entidades hacen una primera validación de requisitos a través de la plataforma que opera el programa, en la que se determina si se cumple con el requisito de Sisbén IV, no ser propietario de vivienda y no haber recibido subsidio de vivienda o cobertura anteriormente.
  4. En caso de cumplir con estos requisitos, se gestiona el crédito hipotecario o leasing habitacional con el establecimiento de crédito o entidad de economía solidaria.
  5. Estas entidades realizan el cargue de la documentación requerida en la plataforma del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
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