
La norma respalda un tratamiento especial para las mujeres afiliadas al nuevo sistema.
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MinTrabajo dio un paso clave para la entrada en vigor de la reforma pensional de Petro
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En el documento se establecen aspectos como la implementación de los pilares del sistema, el rol que tendrán los nuevos agentes que operarán el nuevo esquema, los requisitos para acceder a pensión y las rentas solidarias. CAMBIO le cuenta los detalles.
Por: Paula Ricaurte

El Ministerio de Trabajo expidió recientemente el decreto 514 del 9 de mayo -también conocido como el Decreto Único Reglamentario de la Reforma Pensional-, con el que se reglamentó la ley que le dio vida al nuevo sistema pensional del país.
La noticia fue anunciada por el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, quien a través de su cuenta de X celebró el avance para la reglamentación de la Ley Pensional. "Desde ya contamos con la operatividad para que todos accedan a una vejez digna, con pilares solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario", destacó.
En el documento se establecen aspectos como la implementación de los pilares del sistema, el rol que tendrán los nuevos agentes que operarán el nuevo esquema, los requisitos para acceder a pensión y las rentas solidarias. La cartera destacó que se trata de "un paso clave hacia la universalización de la protección social, con pilares que garantizan cobertura digna para todas y todos en Colombia".
Por otra parte, también se incluye el tratamiento especial hacia las mujeres afiliadas al sistema en relación con la disminución progresiva del número de semanas exigidas para el reconocimiento de la pensión integral de vejez, la cual se estableció en 1.000 hasta el año 2036.
"Este documento es la médula que da la ley que da vida a un nuevo esquema de protección a la vejez, en el que se integran los regímenes actuales y los hace complementarios, a fin de consolidar una oferta amplia para los trabajadores, tanto a través del pilar contributivo, como del solidario, que se diseñó para proteger a quienes no alcanzan a tener pensión, o para los mayores que requieren la solidaridad del Estado”, explicó Sanguino.
Otra de las novedades del documento es que establece la normativa sobre el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), el cual será administrado por el Banco de la República. Esta es una buena noticia, pues con la reglamentación el banco podrá comenzar a preparar la logística para afrontar el nuevo modelo.
Cuatro pilares para un sistema integral

El decreto expedido por el Ministerio de Trabajo estructura el sistema en cuatro pilares fundamentales:
- Pilar solidario: dirigido a personas en situación de pobreza o vulnerabilidad, especialmente a adultos mayores, personas con discapacidad y quienes han perdido su capacidad laboral.
- Pilar semicontributivo: para personas que no cumplen los requisitos para una pensión contributiva, pero han cotizado en el sistema.
- Pilar contributivo: el sistema principal, dividido en una parte pública y otra privada.
- Pilar de Ahorro Voluntario: permite a los usuarios complementar su pensión a través de ahorros adicionales.
