
Fallo histórico de la Corte: usuarios tienen derecho a acceso completo a internet sin discriminaciones o bloqueo de contenidos
Al tumbar norma que permitía a empresas fijar planes prepago con algunas aplicaciones ya incluidas, la Corte determinó que el principio de neutralidad en la red es un derecho. Es decir, que el acceso debe ser libre y en igualdad al contenido de internet.
La Corte Constitucional de Colombia tomó una decisión histórica y clave para el país y la región: determinó que el principio de neutralidad en la red, el que busca que el acceso a internet sea libre e igualitario, es un derecho.
Al tumbar la norma que permitía a las empresas de telefonía e internet crear planes prepago que venían con unas aplicaciones gratuitas ya determinadas, conocidos como planes de zero rating, (WhatsApp, Instragram y Facebook), la Corte dijo que esto violaba la libertad de expresión, el pluralismo informativo y la neutralidad en la red.
La razón de ello, dijo la Corte, es que el Estado debe garantizar "no solo que no haya censura directa o indirecta, sino que no existan desigualdades en la posibilidad que tienen las personas de producir, consumir y circular información en Internet”.
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