
Iván Name y Andrés Calle seguirán detenidos por el caso UNGRD: estas son las razones
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, además, ordenó que se incluyeran varias pruebas en el juicio que enfrentan ambos excongresistas relacionadas con la información financiera del prestamista Pedro José Castro. Detalles.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que los excongresistas Andrés Calle e Iván Name seguirán detenidos mientras avanza el juicio en su contra por su participación en el escándalo de la UNGRD; en concreto, por haber recibido presuntamente 1.000 y 3.000 millones de pesos de parte de funcionarios de la entidad, a cambio de gestionar reformas que interesaban al Gobierno en el Congreso.
Name y Calle pidieron su libertad porque ya habrían pasado seis meses desde que fueron acusados sin que se hubiera instalado el juicio. Pero la Sala dice que no, porque antes del vencimiento de los seis meses se decretaron varias pruebas como el testimonio de Carlos Ramón González, hoy prófugo fuera del país.
"Esta circunstancia obligará al despacho del magistrado ponente de la Sala de Primera Instancia a redoblar esfuerzos para lograr la ubicación de un testigo asilado en Nicaragua y luego recabar su testimonio. Ya sea de manera presencial en ese país mediante funcionarios comisionados —lo cual demanda tiempo y despliegue de actividad judicial y administrativa entre las autoridades competentes de ambos países—,o a través de medios virtuales", dijo la Sala.
De otro lado, la Sala aceptó como prueba el testimonio de Jaime Dussán, presidente de Colpensiones y otra prueba pedida por la defensa de los procesados que consiste en pedir al prestamista Pedro José Castro Espinosa que aporte todos los soportes documentales del supuesto préstamo de 2.800 millones de pesos que afirma haber obtenido y entregado a Sneyder Pinilla, quien entregó el dinero a los congresistas.
Además, se pidió a la DIAN que desglose "la renta liquida ordinaria del ejercicio" reportada por Castro Espinosa en su declaración de renta del año gravable 2024.
Igualmente, la DIAN deberá certificar si Pedro José Castro Espinosa estuvo obligado al impuesto de ganancia ocasional y, de ser así, indicar la naturaleza de la transacción, su fecha, valor y tipo de active involucrado. Además, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales de la Protección Social - UGPP deberá remitir toda la información correspondiente a una sociedad ligada al prestamista.
Asimismo, se ordenó hacer un dictamen pericial de experto en criptoactivos sobre información de plataformas relativa a Sneyder Pinilla.
"Esta Sala considera que la prueba está relacionada con los hechos objeto de debate. La confirmación o no de los movimientos en criptoactivos que fueron relacionados por el testigo Sneyder Pinilla en su declaración hacen más o menos probable la hipótesis acusatoria. En efecto, permitirá verificar la trazabilidad del movimiento de la alta suma de dinero entre Bogotá y Montería a través de criptomonedas. De este modo, se podrá determinar la veracidad de los dichos del testigo de cargo", dijo la Corte.
Lea los comentarios







