Alcaldía de Manizales pidió a la Corte tumbar ley que prohibió las corridas de toros y se enfrenta a Cali y Bogotá

Ley 'No Más Olé'.

Crédito: Colprensa.

15 Enero 2025 10:01 am

Alcaldía de Manizales pidió a la Corte tumbar ley que prohibió las corridas de toros y se enfrenta a Cali y Bogotá

A pesar del consenso que existe sobre la necesidad de eliminar las corridas de toros y las novilladas, el debate no acabará hasta que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la llamada Ley 'No más olé'. Manizales asegura que esas actividades tienen arraigo cultural y deben seguir, mientras que Cali y Bogotá defienden la prohibición. Detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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El alcalde de Manizales, Jorge Eduardo Rojas, ha sido duramente criticado por haber pedido públicamente tumbar la Ley 2385 de 2024 (Ley ‘No más olé’) que dispone que a partir de 2027 queden prohibidas las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas.

Se trata de una ley que finalmente optó por prohibir una actividad cuestionable por el maltrato al que son sometidos los animales involucrados y de una decisión mayoritaria en el Congreso que, según dijo la Corte Constitucional en 2012, era el único que podía ordenar una prohibición total en el país.

Según dijo Rojas a medios locales, estas actividades deberían continuar porque los manizaleños, como él, disfrutan de la cultura taurina y porque se trata de un elemento importante para la economía de la ciudad, entre otros. Actualmente, la Corte estudia una demanda que presentó el congresista del Centro Democrático Christian Garcés que asegura, entre otros, que la norma debe declararse inconstitucional porque habría sido aprobada sin contar con un análisis de impacto fiscal, por lo que se habría incurrido en un vicio de forma en el Congreso.

CAMBIO consultó el expediente y encontró la posición de la Alcaldía de Manizales que, en efecto, propone que esa normativa sea declarada inconstitucional, pero por vicios de forma y de fondo.

En documento de 25 páginas, la Alcaldía dice que la norma debió tramitarse en el Congreso como ley estatutaria y no como ley ordinaria, como en efecto se hizo, porque trataría de un asunto que tiene que ver con el derecho a la cultura: “toda regulación relacionada con la restricción o prohibición de la posibilidad de acceso a ella, significa necesariamente tocar el núcleo esencial del derecho”.

Según la Alcaldía de Manizales, las corridas de toros son una “expresión cultural tradicional del país” y para decir ello cita una decisión de la misma Corte Constitucional de 2010.

De otro lado, el escrito asegura que la prohibición es una medida que afecta de forma “desproporcionada” los derechos adquiridos de quienes realizan actividades taurinas como los trabajadores de plazas de toros, los ganaderos y hasta los vendedores informales, hoteles y conductores que trabajan en zona durante la temporada taurina.

La Alcaldía insistió en que Manizales es uno de los municipios con tradición cultural taurina y señaló que en 2023 tuvieron más de 235.000 visitantes en la temporada y que en enero de 2024 hubo beneficios por 255.412.750.000 pesos.

“Como custodios de la tradición y costumbres arraigadas en la comunidad manizaleña, conocemos que, si algún rincón en el continente desarrolla históricamente un arraigo sólido a la tauromaquia, es la ciudad de Manizales, que a lo largo de su historia ha albergado alrededor de 70 ferias mayores y 25 actividades taurinas en el cumpleaños de la ciudad”, dijo la Alcaldía, que aseguró que la primera actividad de toros de la ciudad remonta a 1897.

¿Tiene futuro la posición de Manizales?

La Alcaldía de Manizales hizo referencia constantemente a decisiones pasadas de la Corte Constitucional. Por contexto, CAMBIO explica qué ha dicho el alto tribunal.

En 2010, la Corte permitió que las corridas, las corralejas, las novilladas y las peleas de gallos siguieran, pero solo en departamentos en donde fueran catalogadas como una tradición, al considerarlas como "manifestaciones culturales". En 2012, dijo que los alcaldes no podían prohibirlas y señaló que el Congreso podía ordenar una prohibición total.

Y en 2013 la Corte ordenó la restitución de la Plaza de Toros de Santa María como lugar permanente para la realización de "espectáculos taurinos y la preservación de la cultura taurina".

Estas sentencias son claves porque si bien la Corte ha protegido en algunas regiones la actividad taurina, desde 2012 dejó en claro que el único que puede eliminarlas por completo es el Congreso. En ese sentido, la pregunta que surge y que tendrá que responder la Corte Constitucional es si la prohibición total podía incluir a los municipios que consideran estas prácticas como una manifestación cultural o no.

La Alcaldía de Bogotá, por ejemplo, estima que el Congreso, al prohibir totalmente estas prácticas, entonces es claro que decidió negar a las corridas de toros el reconocimiento como manifestaciones culturales. Es decir, para la Alcaldía, si bien en el pasado estas prácticas eran reconocidas como una expresión artística, ya no lo son y por eso la ley de prohibición debe mantenerse.

Piden precisiones

En escrito enviado al alto tribunal, la Alcaldía de Bogotá manifestó que está de acuerdo con la prohibición y pide mantener la ley intacta, pero asegura que hay elementos que no son claros.

La ley dice que en un plazo de tres años quedan prohibidas las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas y decía que, en dos meses desde su promulgación, el Ministerio de las Culturas debía regulas las condiciones para que esas practicas se hagan hasta 2027.

La Alcaldía de Bogotá dijo que la norma no decía nada de qué pasaba si esa regulación no se expide y para el caso concreto de la capital esto es clave porque, como se mencionó, hay un fallo de 2013 de la Corte Constitucional que ordenó reanudar el espectáculo taurino en la Plaza de Toros de Santa María. Es decir, que, en este momento, la Alcaldía no sabe qué hacer: no sabe en qué condiciones podrían seguir las corridas hasta 2027 porque no hay reglamentación y si hay un fallo que debe cumplirse.

Según la Alcaldía, hoy hay dos posibles interpretaciones: una, que como no hay reglamentación del ministerio las corridas de toros podrían seguirse realizando de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Nacional Taurino. Y otra que apunta a que la reglamentación sería necesaria para cumplir con el deber de protección de los seres sintientes contra el maltrato y para cumplir el objetivo de la Ley 2385 de 2024 que es propiciar una transformación cultural. 

Para la Alcaldía de Bogotá, una solución es que la Corte emita un fallo condicionado para que se entienda que las entidades territoriales sean las que vigilen las condiciones en que se realizan las actividades taurinas hasta que llegue el momento de su prohibición total. 

"El condicionamiento solicitado, en el sentido que estime pertinente la Corte, es importante no solamente para orientar de manera general a las entidades territoriales, sino también para precisar la manera en que el Distrito Capital deberá seguir cumpliendo las órdenes de la sentencia T-296 de 2013, que ordenó continuar con el espectáculo taurino en Bogotá, pero con fundamento en las normas legales ahora derogadas y la ausencia de una decisión activa del legislador de limitar dicho espectáculo. Con la nueva decisión del legislador, es importante que la Corte precise si se debe seguir cumpliendo la orden de garantizar la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su difusión", dijo la Alcaldía.

Ante esta disyuntiva, la Alcaldía de Bogotá radicó ante el despacho del magistrado Vladimir Fernández una solicitud a fin de que la Corte explique si todavía debe cumplir con la sentencia T-296 de 2013 o no. Y también envió una petición al Ministerio de las Culturas para saber si se va a emitir la señalada reglamentación.

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Foto: Colprensa.

Lo que dice Cali y el Gobierno

De otro lado, la Alcaldía de Santiago de Cali también respaldó la prohibición de las corridas apuntando a que fue una decisión del Congreso, emitida en el desarrollo de sus competencias y que responde “a una ponderación adecuada entre los derechos de los animales y el derecho a la cultura”.

“La ley se justifica en el principio de progresividad en el interés general y en los valores constitucionales que promueven un trato ético hacia todas las formas de vida”, dijo la Alcaldía que insistió en que esta norma es un avance.

“Al prohibir las prácticas taurinas, el Congreso ha buscado no solo fomentar una transformación cultural, sino también cumplir con el deber estatal de protección hacia los seres vivos no humanos acorde con los principios de justicia, dignidad y respeto que subyacen en la Constitución de 1991”, agregó.

Por el lado del Gobierno, que pide a la Corte mantener la ley, la posición más relevante es la del Ministerio de Hacienda que aseguró que la normatividad no necesitaba análisis de impacto fiscal.

En este caso, la congresista Esmeralda Hernández, quien fue ponente de la ley, le solicitó a la Corte Constitucional que cite a una audiencia pública, lo cual podría ser aceptado si el alto tribunal lo considera pertinente.

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