JEP no debe admitir a paramilitares que fueron "bisagra" con la fuerza pública: Corte Suprema

JEP.

Crédito: Colprensa.

7 Febrero 2025 12:02 pm

JEP no debe admitir a paramilitares que fueron "bisagra" con la fuerza pública: Corte Suprema

La Corte Constitucional hizo una audiencia en el trámite de una demanda que cuestiona la posibilidad de que la JEP admita a los paramilitares que tuvieron un rol 'bisagra' con la fuerza pública durante el conflicto. Detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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La Corte Constitucional realizó una sesión técnica en el trámite de un debate sobre la figura que creó la Jurisdicción Especial para la Paz para admitir a los paramilitares que sirvieron de ‘bisagra’ entre esa organización ilegal y la fuerza pública. Dicha figura fue la que permitió admitir a Salvatore Mancuso, exjefe paramilitar, en el tribunal de justicia transicional por acciones que hizo en connivencia con la fuerza pública.

Aunque la Corte Constitucional tumbó la admisión de Mancuso, una demanda presentada por un grupo de militares retirados busca que haya un pronunciamiento de fondo sobre la figura en cuestión y así evitar que otros paramilitares puedan entrar a la JEP. 

En la audiencia, la presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, magistrada Myriam Ávila, señaló que la JEP solo tiene competencia sobre los desmovilizados de las Farc y algunos agentes del Estado, pero no sobre los paramilitares que se desmovilizaron bajo la Ley de Justicia y Paz. En ese sentido, no se contempló que la JEP pudiera admitir a comandantes paramilitares en tanto hayan integrado funcional y materialmente la Fuerza Pública.

“Anticipo que, en mi criterio, esa interpretación no solo se aparta de lo dispuesto por el Constituyente y el legislador estatutario, sino que es innecesaria debido a la existencia de otros mecanismos adecuados en el marco de la Jurisdicción Ordinaria”, señaló la magistrada. Añadió que si bien la figura de los sujetos bisagra tiene el propósito de evitar la impunidad, ello no puede hacerse dejando de lado la existencia de esos otros procedimientos judiciales que están en marcha.

"Acoger la nueva tesis implicaría desconocer los esfuerzos institucionales adelantados por cerca de 20 años, además de afectar la confianza en el Sistema de Justicia y Paz y las expectativas de las víctimas", agregó Ávila.

En este caso, la JEP ha defendido ante la Corte su interpretación, diciendo que la figura de los sujetos bisagra fue resultado de un juicioso análisis y señalando que hubo paramilitares que estuvieron vinculados funcional y materialmente con la fuerza pública.

"Si se priva a la JEP de la función más elemental de reconocer situaciones de facto en el contexto del conflicto armado interno, por definición cúmulo de interacciones de todo tipo que se anclan a la realidad más cruda de la existencia humana y del quehacer efectivo del Estado, sería imposible el cabal desempeño de esta jurisdicción", indicó la JEP a la Corte. 

La Defensoría del Pueblo, por su parte, hizo un llamado a la coordinación entre la JEP, Justicia y Paz y la justicia ordinaria "para asegurar que los aportes a la verdad de estas personas se puedan concretar, incluso en la diversidad de sistemas judiciales transicionales y ordinarios vigentes, en beneficio de los derechos de las víctimas, la lucha contra la impunidad y la transición hacia la paz".

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