
Ciro Ramírez.
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Corte Suprema niega pedido de libertad a Ciro Ramírez: las razones
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La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema negó el pedido que había elevado la defensa del exsenador, advirtiendo que este ya ha intentado ponerse en contacto con testigos que van a declarar en su caso.

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó una petición que había elevado el excongresista Ciro Ramírez para que fuera revocada la medida de aseguramiento que lo tiene preso en una cárcel de Bogotá, mientras enfrenta un juicio por presuntos actos de corrupción.
La decisión conocida por CAMBIO, dice que Ramírez debe permanecer detenido ante la "posibilidad de que la libertad del aforado pueda poner en riesgo el recaudo probatorio sigue en pie".
Ramírez está en juicio por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio e interés indebido en la celebración de contratos, por hechos que ocurrieron entre 2021 y 2022 que tienen que ver con su presunta injerencia indebida en el Departamento de Prosperidad Social (DPS), para la contratación de obras públicas en varios departamentos del país.
Para negar la libertad, la Sala tuvo en cuenta que en el 2022, cuando ya se investigaba este escándalo, Ramírez visitó a uno de los testigos claves en este caso en prisión Pablo César Herrera Correa. Y que no hay elementos que permitan indicar que la visita no estuvo encaminada a persuadirlo para que modificara su testimonio.
"Incluso, como lo indicó el propio defensor, ese será un aspecto que al parecer pretende probar la defensa a través de los testimonios que aún no se han practicado (en el juicio), circunstancia que permite corroborar que en el actual estadio procesal no obra prueba alguna que permita afirmar que la libertad del enjuiciado no constituye un riesgo para la recolección y preservación de las pruebas, lo cual se traduce en que la necesidad de la medida de aseguramiento sigue vigente", indicó la Corte.
La Corte indicó que en el juicio, hasta el momento, no se ha evacuado la práctica probatoria en su totalidad, "lo cual impide a la Sala afirmar que la medida de aseguramiento no resulta necesaria".
"Cabe señalar que, si bien están pendientes por practicarse exclusivamente 10 testimonios solicitados por la defensa - comoquiera que ya se evacuaron los solicitados por el Ministerio Público-, esa circunstancia por sí sola no permite a la Sala afirmar que Ramírez Cortés no estaría en posibilidad de entorpecer su práctica. Por el contrario, lo que se advierte es que, de recobrar su libertad, el procesado podría ponerse en contacto con dichos ciudadanos e influir en sus declaraciones -como ya lo intentó en una oportunidad-", dijo la Corte.
