
Crédito: Fotoilustración de Yamith Mariño
Supervivientes de cáncer en Colombia luchan por su derecho al olvido
- Noticia relacionada:
- Congreso
- Política
- Salud pública
- Cáncer
Acceder a un seguro de vida después de superar el cáncer parece un imposible en Colombia. Las personas en remisión encuentran varios obstáculos en ese mercado por haber padecido la enfermedad. Sin embargo, en el Congreso marcha una iniciativa para tumbar estas barreras y promover condiciones más igualitarias.
Por: Andrés Mateo Muñoz

“Tuve cáncer, sí, pero eso no es un prontuario ni un antecedente judicial”, dice Sandra, una mujer de 34 años que logró superar un cáncer colorrectal después de cuatro años de agresivos tratamientos de quimioterapia. Las secuelas físicas de su calvario son casi imperceptibles, apenas una cicatriz del catéter y el pelo castaño que, antes de la enfermedad, era más claro.
Su historia clínica, sin embargo, siempre estará, como una crónica del paso a paso de una enfermedad que casi le quita la vida. “Pasé muy duro por ese mal, me costó sangre salir de ahí”, dice Sandra, que lleva 3 años libre de cáncer. El día que le dijeron que no había rastros de células cancerígenas en su cuerpo abrazó a su mamá, como quien regresa de un largo viaje. “Fue el día más feliz de mi vida, hasta ahora”, cuenta.
Pero la vida después del cáncer puede ser tan dura como el proceso para superarlo. Aunque los dolores físicos se alivian y las visitas al médico se vuelven menos frecuentes, hay puertas que se cierran en otros espacios, como el laboral, el financiero y el del aseguramiento.
Sandra -que hoy es operaria en una empresa con sede en la Sabana de Bogotá- pasó por más de una decena de procesos de selección. De todos fue descartada por la misma razón: haber tenido cáncer. “Siempre me ponían a llenar algún formulario en el que estaba la pregunta de si tenía enfermedades crónicas o cuáles había tenido”, explica.
Para ella, las empresas buscan personas “sanas” para poder cubrir turnos de hasta 12 horas diarias y temen contratar a alguien que tiene cáncer o lo tuvo y -aparentemente- podría recaer en la enfermedad. “Estaba desesperada por tantas negativas. Afortunadamente una empresa me abrió las puertas”, comenta Sandra, que ya lleva un año reinsertada en el mercado laboral.
Pero esa no fue la única talanquera que encontró Sandra en su vida después del cáncer. Hace unos meses intentó sacar un préstamo bancario, pero de nuevo el historial médico se lo impidió. De acuerdo con su testimonio, el banco al que acudió exige adquirir un seguro de vida, para el cual es un requisito declarar la preexistencia del cáncer. Eso influyó en la aparición de nuevos cobros y cláusulas que en un principio no le informaron.

Lo mismo ocurre en el mercado de los seguros de vida en el que las compañías que ofrecen estos productos exigen a los potenciales compradores que informen parte o todo su historial médico para determinar su nivel de riesgo y así calcular el costo (primas) del seguro. Si no se aporta la información completa, el contrato es nulo y pierde su validez.
En otras palabras, las personas que superaron el cáncer no pueden acceder a un seguro de vida en las mismas condiciones que otras que no han tenido ese diagnóstico o el de otras enfermedades. Por el contrario, están sujetos a cobros adicionales. “Yo me siento sana, y médicamente estoy libre de cáncer, pero para algunas entidades es como si siguiera enferma”, dice Sandra.
El derecho al olvido oncológico
Las dificultades para el acceso al mercado financiero, laboral y de aseguramiento no son nuevas ni exclusivas de Colombia. Aunque en el país no hay cifras ni estudios sobre la problemática, en otros como España sí se han hecho intentos por dimensionar la situación y legislar en la materia.
Uno de ellos es el estudio Jóvenes y Leucemia, de la Fundación Josep Carreras. La investigación se hizo a través de 400 entrevistas hechas a jóvenes que habían sufrido linfomas agresivos o leucemias agudas. Los resultados arrojaron que el 47 por ciento de los consultados afirmó haber tenido dificultades al solicitar un préstamo y el 83 por ciento cuando intentaron adquirir un seguro de vida.
En junio de 2023, el gobierno español aprobó un Real Decreto para regular el derecho al olvido oncológico; es decir, a que los bancos y las aseguradoras no tengan en cuenta el historial médico -por lo menos sobre el cáncer- para el cálculo de los costos o la aprobación de un crédito.
Esa herramienta legislativa apareció para rescatar iniciativas anteriores que quedaron refundidas a pesar de las recomendaciones de la Unión Europea sobre el tema.
Chile es el único país de América Latina que ha avanzado en la regulación de este derecho, aunque lo hizo apenas a principio de este año con la publicación de una ley que modifica otra conocida como Ley Nacional del Cáncer. Según la norma, el objetivo es “garantizar que no exista discriminación financiera una vez superada la enfermedad”.
En Chile, al igual que en España, se estableció la prohibición de solicitar información oncológica o fijar cláusulas más onerosas si la persona lleva cinco o más años después de su remisión. “Ningún asegurador podrá considerar la existencia de antecedentes oncológicos para efectos de la contratación del seguro”, dice la ley chilena.
¿Y qué pasa en Colombia?
En el Congreso de la República está en trámite un proyecto de ley para regular el derecho al olvido oncológico, al menos en el campo del aseguramiento. La iniciativa, del senador del Pacto Histórico Pedro Flórez, está a la espera de su segundo debate en la plenaria del Senado.
El objetivo del proyecto es adicionar un parágrafo al artículo 1058 del Código de Comercio de 1971. Ese artículo habla de la obligación que tiene el tomador de un seguro de vida de declarar las situaciones de riesgo en las que se encuentra. Allí también se especifican las sanciones en caso de no hacerlo a cabalidad.
El parágrafo que se quiere añadir es el siguiente:

En síntesis, la idea es que las personas que lleven más de ocho años en remisión del cáncer no estén obligados a informar esa enfermedad al comprar un seguro de vida. En el caso de las personas diagnosticadas cuando eran menores de edad, el plazo baja a cuatro años.
Además, el proyecto también plantea prohibir cualquier tipo de cláusula que implique la discriminación por haber tenido cáncer.
Según el senador Flórez, si bien el sector asegurador cuenta con una autonomía, esta es relativa pues se limita por ciertos principios y valores constitucionales, entre ellos el derecho a la privacidad.
“No es posible que un Estado Social de Derecho mantenga normas que discriminen y limiten el ejercicio de los derechos de una población en situación de debilidad manifiesta”, dijo Flórez.
En la discusión del proyecto también ha participado el sector asegurador a través de varios conceptos enviados al Congreso y conocidos por CAMBIO. Uno de ellos fue el de Luis Eduardo Calvo, vicepresidente jurídico de Fasecolda.
Según Calvo, el gremio de las aseguradora reconocen "la intención del proyecto de abordar las discriminaciones e inequidades que enfrentan las personas que han superado el cáncer”.
Sin embargo, explican que también es ‘fundamental equilibrar la protección al consumidor con la sostenibilidad del sector’. En otras palabras, las aseguradoras no se oponen por completo a la regulación del derecho al olvido oncológico, pero sí hacen sugerencias para que el mercado no deje de ser rentable.

Una de las preocupaciones de Fasecolda es que, de aprobarse el proyecto, ocurra un fenómeno en el que los potenciales tomadores de seguros omitan declarar otras enfermedades que no están relacionadas con el cáncer.
Por otro lado, la aseguradoras también alertan sobre la subjetividad del término “superar el cáncer”, pues es una enfermedad que en muchos casos no tiene una cura definitiva.
“Se necesitan criterios claros y objetivos para determinar la "superación" del cáncer, que reflejen la diversidad de experiencias y circunstancias de los pacientes”, dijo Fasecolda.
Además, la entidad propone que, aunque no puedan exigir pruebas médicas para detectar cáncer para personas en remisión después de 4 u 8 años, sí puedan hacer otras valoraciones para detectar otras patologías o verificar que no hay recaídas.
Finalmente, las aseguradoras sugirieron que la ley no entre en vigencia al momento de su sanción, sino que exista un plazo de un año de transición y que se deje claro que no basta con el paso del tiempo después de la remisión sino la certeza de que la persona no ha tenido recaídas.
Mientras el proyecto intenta sobrevivir al trancón legislativo y a las concertaciones políticas, personas como Sandra esperan que por fin sean tratadas igual que a los demás ante al sistema financiero. O en palabras de ella misma: "Todos merecemos acceder a las mismas oportunidades y una enfermedad no te hace más ni menos".
