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Poder

El salvavidas de la Corte Suprema para Armando Benedetti

Armando Bendetti, jefe de despacho presidencial.

La Corte Suprema de Justicia llamó a juicio al recién nombrado jefe de gabinete, Armando Benedetti, por traficar influencias en el Fonade, pero le precluyó el delito de interés indebido en la contratación por falta de pruebas. Por hechos similares, el exsenador Ñoño Elías fue condenado por los dos delitos. Análisis.

Por: Sylvia Charry

En los últimos meses de 2024, la magistrada Cristina Lombana, quien lideró la investigación contra el hoy jefe de despacho presidencial, Armando Benedetti, por el caso de Fonade, pidió acusarlo por los delitos de tráfico de influencias e interés indebido en la celebración de contratos. Sin embargo, sus compañeros de sala decidieron –por mayoría– que solo había pruebas de un presunto tráfico de influencias y, entonces, el magistrado César Reyes hizo la ponencia definitiva. Como estaba previsto, le precluyó el delito de interés indebido en la celebración de contratos que da una pena entre 5 y 18 años de prisión. Es decir, Benedetti se salvó de un delito que le pudo significar una condena mucho mayor a la que tendría solo por tráfico de influencias, que está entre 5 y 12 años de prisión.

Sin embargo, algunos argumentos de preclusión presentados por la Corte dejan una pregunta: ¿por qué les creyeron a las pruebas para unas cosas, pero las desestimaron, o dijeron que no eran suficientes, para otras? Por hechos casi iguales, el también exsenador de la U Bernardo Miguel Elías, el Ñoño Elías, fue condenado por los dos delitos en el escándalo de Fonade.

El contrasentido de la acusación

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