La preocupación de la Corte por las personas en situación de discapacidad que están presas

Cárceles.

Crédito: Colprensa.

24 Diciembre 2024 10:12 am

La preocupación de la Corte por las personas en situación de discapacidad que están presas

La Corte Constitucional dijo que en las cárceles del país no hay una adecuada respuesta para las personas que tienen discapacidad psicosocial y necesitan acceso continuo a servicios de salud mental. En consecuencia, dictó varias órdenes a corto, mediano y largo plazo.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Entre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsAppEntre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsApp

La Corte Constitucional estudió el caso de Milena*, una mujer detenida que debe recibir tratamiento psiquiátrico en la cárcel por orden judicial, ya que está en situación de discapacidad psicosocial. Ella pedía que la internaran en un establecimiento de salud mental para que le hicieran un dictamen médico que definía si podía o no estar en una cárcel, pero fue trasladada de la prisión de Jamundí a la de Picaleña en Tolima.

La Corte falló a su favor el caso y ordenó que se le hiciera un control completo de medicina general, psiquiatría y psicología, a fin de garantizar su acceso a los servicios de salud mental mientras ella esté afiliada al Régimen Especial del Magisterio. También ordenó que se le haga un dictamen que defina en qué tipo de prisión debe estar y llamó la atención de las autoridades carcelarias por la forma en que manejaron este caso.

Pero, más allá del caso concreto de Milena, la Corte Constitucional aprovechó para hacer un pronunciamiento de fondo sobre como viven personas como ella y tomó varias medidas estructurales.

Las órdenes de fondo

Por un lado, dijo que hay un déficit de información pública que permita determinar la magnitud de la problemática que enfrentan las personas privadas de la libertad en situación de discapacidad psicosocial, y que compromete sus derechos fundamentales.

“Dicho déficit de información impide que se formulen e implementen políticas y programas comprensivos e idóneos, para garantizar una adecuada atención a dicha población, en el marco del modelo social y de derechos humanos en discapacidad”, dijo la Corte.

Por eso, los ministerios de Justicia, Salud, Interior y de Hacienda, y el Departamento Nacional de Planeación, deberán hacer un diagnóstico integral sobre la situación de las personas con discapacidad psicosocial en el sistema penal, penitenciario y carcelario, así como el diseño de una política pública que corrija los problemas identificados.

Este diagnóstico deberá incluir la recopilación y análisis de datos cuantitativos y cualitativos, entre los que se encuentre el número de personas privadas de la libertad con diagnósticos de salud mental o discapacidad psicosocial; los recursos humanos especializados, la infraestructura y equipamiento disponibles para su atención; el presupuesto destinado,  y la identificación de las condiciones de reclusión y atención en salud mental para estas personas.

La idea es que el Gobierno formule unas recomendaciones inmediatas, a mediano y a largo plazo, para solucionar la crisis, con enfoque diferencial y teniendo en cuenta las características de cada cárcel del país y la zona en donde están ubicadas.

Para esta tarea, dijo la Corte, el Gobierno deberá convocar primero a un comité interdisciplinario en el que tengan participación en Inpec, la Uspec, Medicina Legal, la Defensoría, la Procuraduría, la Fiscalía, la Policía, la Contraloría, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), la Federación Colombiana de Municipios, la Federación Nacional de Departamentos y organizaciones de derechos humanos.

La Corte dijo que, si ese diagnóstico arroja la necesidad de crear nueva infraestructura, el Gobierno tendrá que destinar recursos para ello y para toda esta tarea dio un plazo de un año. Luego, el Gobierno deberá remitirle a la Corte un cronograma detallado para la implementación de las medidas, que será objeto de seguimiento del alto tribunal.

De otro lado, mientras esto se lleva a cabo, se ordenó fortalecer las actuaciones en materia de salud mental para estas personas, “incluidas la adecuada asignación y transferencia de recursos del Presupuesto General de la Nación, la certificación de cumplimiento de criterios de las IPS a través de las direcciones de salud, la contratación de los servicios especializados, entre otras”.

La Corte dispuso que el Inpec tiene seis meses de plazo para trasladar “a las personas privadas de la libertad en situación de discapacidad psicosocial a quienes un juez les haya sustituido la medida de aseguramiento o la pena privativa de la libertad en establecimiento especializado de salud mental, previo dictamen médico, al lugar donde debe cumplirse la medida. El lugar de reclusión debe garantizar el acceso a servicios de salud mental bajo un enfoque de derechos humanos que garantice la dignidad y el respeto pleno de los derechos fundamentales”.

Cabe recordar que la Corte Constitucional declaró desde 1998 la existencia de un estado de cosas inconstitucional en materia carcelaria que fue reiterado en 2013 y 2015 y que en 2022 se extendió a las estaciones de policía y URI, por lo que viene haciendo un seguimiento a las diferentes órdenes que se han dado en la materia desde hace años. En esta nueva sentencia se ordenó que en los informes que se entregan cada semestre a la Corte, haya un componente sobre la salud mental.

Y, por último, exhortó al Congreso para que expida “las leyes necesarias para armonizar la Política Penitenciaria y Carcelaria con la concepción social y de derechos humanos de la discapacidad”.

Conozca más de Cambio aquíConozca más de Cambio aquí