Reforma pensional: ¿es necesaria una audiencia pública sobre su futuro en la Corte Constitucional?

Reforma pensional.

Crédito: Colprensa.

20 Enero 2025 05:01 pm

Reforma pensional: ¿es necesaria una audiencia pública sobre su futuro en la Corte Constitucional?

La Corte Constitucional ha recibido varias peticiones de expertos para que cite a una audiencia pública sobre el futuro de la reforma pensional. ¿Cuáles son sus argumentos? ¿Es necesario?

Por: Alejandra Bonilla Mora

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En manos de la Corte Constitucional está resolver el futuro de la última reforma pensional. Como se sabe, hay múltiples demandas en curso. La más avanzada es la que presentó la senadora del Centro Democrático Paloma Valencia. 

Dado que la reforma entra a regir el 30 de junio de este año, sería ideal que la Corte Constitucional falle antes de esa fecha. De hecho, a la Sala Plena ya llegó una petición para se suspenda la ejecución de la norma para evitar un escenario en el que, por ejemplo, la ley entre a regir y la Corte termine tumbando la reforma.

En principio, la Corte tiene términos para fallar a finales de abril. Aún así, la premura y expectativa que hay sobre la decisión final no pueden primar sobre el fondo del debate que se propuso en las demandas: es decir, establecer si en el Congreso hubo o no un vicio de trámite en la aprobación de la normativa.

¿Por qué? Porque el 14 de junio de 202 la Cámara de Representantes aprobó, con 86 votos contra 32, una proposición para que aprobara en cuarto debate el texto definitivo que había sido aprobado por el Senado, bajo la excusa de que este asunto se había debatido de manera rigurosa y meditada y que su contenido estaba en la Gaceta 497 del Congreso.

Las demandas aseguran que esto implicó elusión del debate, que se sacrificó el modelo bicameral y se impidió la deliberación de al menos 500 proposiciones presentadas en la Cámara sobre el texto del Senado. Y los expertos han presentado opiniones divididas ante la Corte: unos estiman que este actuar fue correcto, mientras que otros aseguran que hubo un vicio de procedimiento que no se puede corregir y afecta la constitucionalidad de toda la ley y otros afirman que, si bien el vicio existió, la Corte podría devolver el texto a la Cámara para que se rehaga el debate.

En medio de esta discusión, a la Corte han llegado varias peticiones de audiencia pública. Una la presentó el reconocido centro de estudios Dejusticia, que pone de presente un hecho relevante: que no hay antecedentes sobre este posible vicio y la Corte debería recibir los conceptos de expertos que le permitan recoger opiniones sobre el tema. 

"No existe una norma constitucional o legal que regule este supuesto, y tampoco un precedente que resuelva un caso estrictamente análogo a este. Se justifica una audiencia pública, entonces, para aportar elementos de juicio que le faciliten a la Corte resolver si el invocado en la demanda es un vicio de procedimiento", dice el escrito presentado por los profesores Juan Sebastián Ceballos Bedoya y Rodrigo Uprimny Yepes.

Para Dejusticia, no hubo vicio de procedimiento sino una respuesta de la Cámara de Representantes para defender su derecho a decidir, que se habría visto amenazado a lo largo del debate en el Congreso.

"En apariencia, además, estas irregularidades viciaron el trámite porque afectaron la formación de la voluntad de las cámaras, en tanto les impidieron a las minorías en la Cámara presentar sus puntos de vista en la plenaria sobre esos artículos. Sin embargo, a pesar de su apariencia, una revisión integral del trámite conduce a percibir que, en el procedimiento, la minoría opositora desplegó un poderoso arsenal de medidas para obstruir el trámite del proyecto e impedir su deliberación y aprobación", agregaron los reconocidos juristas.

Un argumento similar fue propuesto por las profesoras Ana María Londoño Agudelo y Gloria Patricia Lopera Mesa, de la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, quienes indicaron que, si bien la Corte ya se ha pronunciado sobre las circunstancias que configuran la elusión al debate, "es la primera vez que aborda el estudio de una acusación de este tipo frente a una ley en cuyo trámite se presentaron evidentes prácticas de obstruccionismo parlamentario".

"La respuesta a estos cargos reclama de la Corte fijar el ámbito dentro del cual resultan admisibles prácticas de obstruccionismo parlamentario y sus efectos sobre el control constitucional del trámite legislativo por cargos como los que aquí se proponen. Sobre esta base, la Corte deberá establecer un balance constitucional adecuado entre el derecho de las minorías a oponerse a que un proyecto se convierta en ley y el derecho de las mayorías a decidir", indicaron en un documento en el que aseguran que una audiencia pública sería clave ante la trascendencia del caso.

Ahora bien, la postura de Dejusticia y de las profesoras de la Universidad de Antioquia choca con otras presentadas a la Corte Constitucional que no hablan de "obstrucción parlamentaria", sino de una decisión que afectó el debate.

Así lo dijo, por ejemplo, la representante Catherine Juvinao, al decir que sus colegas no tuvieron acceso a la copia física de la gaceta del texto aprobado por el Senado y la ponencia que inicialmente se presentó para cuarto debate, entre otros.

Inicialmente, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien es el ponente de este caso, deberá evaluar si es necesario llamar a una audiencia pública sobre el asunto o no. Un punto importante es que, como el debate por ahora está centrado en posibles vicios de forma, no sería necesaria una diligencia pública adicional, pues ya la Corte recibió múltiples conceptos sobre la materia. 

Cabe señalar que la Corte ha llamado a varias audiencias públicas en debates en curso, que suelen versar sobre elementos de fondo de la discusión. Aún así, por la novedad, incluso en una sesión de la Sala Plena, es posible que los demás magistrados pidan que se haga la audiencia.

Por ahora, la primera Sala Plena de la Corte, con temas de fondo, está prevista para la última semana de enero y este tema todavía no está sobre la agenda y aún no hay proyecto de fallo. La Sala también debe resolver el impedimento que presentó la magistrada Diana Fajardo y la recusación que radicó la senadora Paloma Valencia en contra del magistrado Vladimir Fernández, asegurando que este no puede participar en el caso porque, siendo secretario de Presidencia, hizo parte de la elaboración del proyecto de reforma finalmente aprobado.

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