Reforma Rural: el Gobierno y la Procuraduría chocan por los requisitos para compra de tierras

Margarita Cabello y Gustavo Petro.

Crédito: Colprensa.

24 Enero 2024

Reforma Rural: el Gobierno y la Procuraduría chocan por los requisitos para compra de tierras

La Procuraduría le solicitó a la Corte Constitucional que tumbe un artículo del Plan de Desarrollo que hizo ajustes al proceso administrativo de compra de tierras en el país, con el argumento de que no van encaminadas a implementar el acuerdo de paz.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Entre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsAppEntre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsApp

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional que tumbe un artículo del Plan de Desarrollo el Gobierno de Gustavo Petro, aprobado por el Congreso, que flexibilizó los procedimientos que se venían ejecutando desde 2017 para la compra de tierras que hace la Agencia Nacional de Tierras para implementar la Reforma Rural Integral del Acuerdo de Paz.

La entidad aseguró que los cambios que se hicieron realmente no están encaminados a “implementar y fortalecer la Jurisdicción Agraria en cumplimiento del acuerdo final de paz", y que no es claro que "sean idóneos para optimizar que la población campesina acceda a la propiedad”.

¿En qué consiste el pleito?

Un decreto de 2017 fijó medidas para implementar la reforma Rural Integral y creó, entre otros, un Procedimiento Único para el Ordenamiento Social de la Propiedad Rural que tiene una fase administrativa y una judicial. Este señala las reglas para temas como la clarificación de la propiedad, el deslinde y la recuperación de baldíos para ser entregados a campesinos; así como para extinción judicial de dominio de algunas tierras y la expropiación judicial de predios rurales.

El Plan de Desarrollo, que es la Ley 2294 de 2023, hizo una modificación sustancial: indicó que la ANT podrá tomar la decisión respectiva sobre un predio tras revisar informes técnicos y jurídicos, para luego registrar ese bien en la respectiva Oficina de Instrumentos Públicos. Es decir, que la decisión que tome la entidad es definitiva y ya no tendrá el control posterior de un juez.

Para el Gobierno, la idea de eliminar la revisión judicial está apalancada en la necesidad de optimizar la conformación del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral. Según el Ministerio de Agricultura, esa fase administrativa para la recuperación de baldíos y clarificar el terreno, sus dimensiones, entre otros, es el 95 por ciento de la labor de la ANT.

El cambio de reglas fue demandado ante la Corte Constitucional por Felipe Salgado, quien asegura que haber eliminado la intervención de los jueces en esos procesos no podía hacerse en la Ley de Plan de Desarrollo, que solo puede contener medidas que funcionen por cuatro años, durante el mandato del Presidente de turno, y no de manera permanente.

En su criterio, esto debió hacerse en una ley ordinaria, además, porque ese tema no tendría relación con los propósitos del Plan de Desarrollo del Gobierno Petro.  

“(…) Mediante una Ley de naturaleza temporal, como es la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, se suprime la fase judicial del procedimiento único agrario contenido en el Decreto Ley 902 de 2017 –norma de carácter permanente– que se expidió en cumplimiento de lo estipulado en el Acto Legislativo 02 de 2017 para honrar el Acuerdo Final (…), donde de manera palmaria y con un simple ejercicio hermenéutico y de confrontación se evidencia y se demuestra plenamente la violación al principio de unidad de materia”, dice la demanda.

Lo que dice el Gobierno

El Ministerio de Agricultura defendió la flexibilización de reglas diciendo que los procesos de clarificación de los predios son los que ocupan el 95 por ciento de la gestión de la ANT, por sobre otro tipo de procesos agrarios, lo cual pone en evidencia la necesidad de dinamizar las prácticas.

“Mientras que las decisiones en materia de deslinde, recuperación, extinción de dominio, caducidad administrativa y condición resolutoria permiten el ingreso al Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral de extensiones de tierra aptas para los fines de la Reforma Agraria, lo que se resuelve (en la) clarificación de la propiedad, arroja precisión sobre la situación jurídica de los inmuebles de cara a su posible adquisición directa”, indicó.

También expuso que, en los seis años de funcionamiento del decreto de 2017, la ANT presentó cinco demandas agrarias ante los jueces, pero todas en 2023: tres de deslindes de baldíos, una para recuperar baldíos ocupados indebidamente y una para la clarificación de propiedad. Con el Plan de Desarrollo aprobado, las demandas fueron retiradas.

Se evidencia el hecho de que la fase judicial del Procedimiento Único contemplada en el Decreto Ley 902 de 2017 no ha dado una respuesta inmediata y efectiva para dar solución a los conflictos y remediar los fenómenos irregulares sobre la tenencia de la tierra”, dijo el Gobierno a la Corte, a la hora de insistir en la decisión de fondo en estos casos sea de la ANT.

“Se hace necesario permitir que la decisión de fondo respecto de los procesos especiales agrarios se tome en fase administrativa, es decir, mantener la competencia de la administración para impulsar la Reforma Agraria y la Reforma Rural Integral en lo relativo a la clarificación de la propiedad o el deslinde y la extinción del dominio por incumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad, para declarar la caducidad de los títulos de adjudicación por vía administrativa cuando se compruebe el incumplimiento de los deberes del adjudicatario, así como garantizar la recuperación de baldíos indebidamente ocupados; volviendo así a lo establecido en la Ley 160 de 1994”, agregó el Ministerio.

Lo que dice la Procuraduría

Para la Procuraduría, no obstante, la norma se debe caer en la Corte Constitucional. En su criterio, se trata de una modificación que no está ligada al Plan de Desarrollo –que es un mandato de cuatro años– ni con sus contenidos. Para la entidad, no se explicó en el Plan las razones para hacer estos cambios, ni en su justificación, ni en sus anexos.

Además, indicó que los ajustes no buscarían implementar la reforma rural. La entidad apoyó los argumentos del demandante cuando dijo que: “Se evidencia una contradicción en la política pública por cuanto mediante una reforma se crea la Jurisdicción Agraria y en el PND se elimina la fase judicial para la mayoría de los procedimientos agrarios, despojando de uno de sus propósitos estructurales”.

La Procuraduría dijo que mientras las reglas del 2017 implicaban que una autoridad judicial resolvía los líos alrededor de la tierra, ahora la decisión es administrativa, pero, en todo caso, podría suceder que las personas busquen la manera de acudir a los jueces, alargando los pleitos.

Este caso está en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez de la Corte Constitucional.

Conozca más de Cambio aquíConozca más de Cambio aquí