
Corte Constitucional mantiene su sentencia sobre las sanciones de la Procuraduría
El alto tribunal negó la petición de anular el fallo que mantuvo la facultad de la Procuraduría de sancionar hasta con destitución a los servidores elegidos por voto popular, aunque no pueda ser efectiva antes de que un juez la revise.
La Sala Plena de la Corte Constitucional negó una petición que buscaba anular la sentencia que indicó que la Procuraduría General de la Nación puede seguir sancionando a los elegidos por voto popular –que estén efectivamente en el cargo– con inhabilidad y hasta destitución, siempre y cuando un juez administrativo la revise y diga la última palabra al respecto.
Esa fue la fórmula que la Corte Constitucional adoptó, por las diferencias provocadas por la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso del hoy presidente Gustavo Petro, que dice que solo un juez penal puede afectar los derechos políticos de los elegidos por voto popular. Según la Corte colombiana, el mandato internacional no se aplica de inmediato, sino que debe armonizarse con la jurisprudencia nacional.
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