
Corte dice que EPS deben pagar a cuidadores de adultos mayores: ¿está preparado el sistema de salud para este reto?
Un fallo ordenó a una EPS cubrir parte del cuidado de una mujer de 100 años. La Corte Constitucional reconoció el derecho al cuidado como fundamental, pero dejó abiertas preguntas para los expertos consultados por CAMBIO sobre cómo hacerlo viable en un país con recursos limitados. Análisis.
Por: Juan David Cano
La sentencia T-319 de 2025 de la Corte Constitucional marcó un antes y un después en la discusión sobre el cuidado de las personas mayores en Colombia. El reciente fallo resolvió el caso de Lucía, una mujer de 100 años de Cartagena que, tras múltiples enfermedades y una fractura de cadera, dependía totalmente de otros para sobrevivir. Su familia —también de edad avanzada y con ingresos limitados— argumentó que ya no podía asumir sola las labores y los costos del cuidado.
La Corte analizó su caso y concluyó que el cuidado no es solo una tarea doméstica o familiar, sino un derecho fundamental en construcción, y que el Estado, la sociedad y las familias tienen responsabilidades compartidas para garantizarlo. Por eso, ordenó a la EPS Mutual Ser asumir de manera parcial el servicio de cuidador, durante 12 horas diarias, y realizar una valoración médica integral para definir un plan de atención domiciliaria con visitas médicas, terapias y acompañamiento interdisciplinario.

Un fallo con alcance nacional
El fallo introduce el derecho al cuidado como una garantía exigible ante los jueces, especialmente cuando la familia no puede asumirlo. La Corte también hizo un llamado al Gobierno nacional y al Congreso a crear una política pública nacional de cuidado, que defina con claridad qué debe asumir el Estado, qué corresponde a las EPS y qué sigue siendo deber de las familias.
En términos prácticos, la decisión también reconfigura los límites del sistema de salud. Hasta ahora, las EPS estaban obligadas a garantizar tratamientos y servicios médicos, pero no tareas de cuidado cotidiano. Con esta sentencia, la Corte abre la puerta a que las entidades asuman parte de ese rol cuando haya certeza médica de que el paciente lo necesita y demostrada la incapacidad familiar para brindarlo.

La decisión busca proteger la dignidad de las personas mayores, mas sin embargo su ejecución no debería desbordar la capacidad del Estado ni de las EPS. Y ahí está el punto neurálgico del debate: ¿cómo se garantiza el derecho al cuidado sin quebrar el sistema que debería hacerlo posible? Para los expertos consultados por CAMBIO, el alcance del fallo plantea desafíos financieros y operativos.
Del hospital al hogar: el desafío de llevar el sistema de salud hasta la puerta con integridad
El médico y profesor de salud pública Erwin Hernández, de la Universidad de La Sabana, considera que la sentencia “pone sobre la mesa una realidad que el sistema de salud colombiano ha conocido desde hace años, pero que pocas veces se ha afrontado con toda su magnitud: el creciente número de personas mayores y de personas con discapacidad que viven solas y que no cuentan con redes familiares o comunitarias”. Su diagnóstico es claro: “El primer gran reto, a mi juicio, que enfrentarían las EPS va a ser el operativo y el logístico, porque no sólo se trata de ofrecer un servicio médico o de garantizar una cita oportuna, sino que acompañar integralmente a seres humanos requiere una atención continua, cuidados prolongados, seguimiento emocional y un apoyo emocional”.
Ese acompañamiento —añade— implica “ir hasta las casas, implica desplazamientos, implica movilizar recursos humanos que tienen una serie de características, pero también no se puede enviar a cualquier persona. Se deben enviar personas que sean sensibles, pero que también tengan la adecuada formación para brindar un adecuado acompañamiento”.

El profesor plantea que la sentencia obliga a un cambio de paradigma: pasar de un modelo centrado en la enfermedad a uno centrado “en el acompañamiento, la vida y la dignidad”. En sus palabras: “Implica que las EPS dejen de ser simples aseguradores para convertirse en verdad en gestoras de bienestar y un tejido social”, lo que resulta en un proceso de transformación extenso y complicado.
Un sistema de salud con los bolsillos vacíos
Los expertos de la salud en materia financiera coinciden en que la buena intención del fallo tropieza con la cruda realidad financiera del sistema de salud. El profesor Luis Jorge Hernández Flórez, médico epidemiólogo y docente de la Universidad de los Andes, advierte que “los principales desafíos son económicos y operativos. El sistema de salud no está diseñado ni financiado para cubrir servicios de cuidado y acompañamiento a largo plazo, que son de naturaleza sociosanitaria y no puramente médica”.
Hernández Flórez explica que el costo de esos servicios “no están incluido en la Unidad de Pago por Capitación (UPC) actual, y no existe una red suficiente y especializada de cuidadores formales (no profesionales de la salud) para contratar, especialmente en regiones apartadas”.

La preocupación es compartida por Giovanni Jiménez Barbosa, profesor e investigador en la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano: “Estamos enfrentándonos a una tensión como sociedad, en donde cada vez estamos incluyendo más servicios para garantizar un derecho como la salud que está solamente limitado por las exclusiones definidas en la ley, pero que no está contemplando la parte financiera que implica la garantía de esos nuevos servicios”.
Desde otra perspectiva, el profesor Erwin apunta al mismo cuello de botella: “El sistema de salud está pasando por una crisis en donde incluso distintos expertos consideran que el cálculo de la unidad de pago por capitación (UPC) se quedó en la tercera parte de lo que se debía haber calculado. Esto implica que cualquier decisión que se tome al respecto tiene que considerar lo que el país eventualmente pueda pagar”. Por eso, insiste en que “si el Estado no respalda este proceso con los recursos necesarios, las EPS podrían enfrentar grandes y serias dificultades para cumplir efectivamente el mandato sin afectar otros servicios esenciales”.
“En términos realistas, se necesita una intervención estructural por parte del Estado, una inyección adecuada de recursos para que sea viable la aplicación de esta sentencia, que va en una ruta correcta. Se debe avanzar en la creación de una serie de pasos o ruta que permita la interinstitucionalidad”, concluye el doctor Carlos Felipe Escobar, director Hub iEX de la Universidad El Bosque.
Cuidar también tiene un costo emocional
La sentencia no solo toca las finanzas, sino también la vida cotidiana de quienes asumen los cuidados. Para Sonia Carreño, investigadora del Grupo Cuidado de Enfermería al Paciente Crónico de la Universidad Nacional, el mayor reto está en el acompañamiento humano y en reconocer la carga real que soportan las familias.
En su experiencia, “los cuidadores familiares requieren acompañamiento multidimensional. Se debe considerar: las habilidades de los cuidadores para brindar los cuidados directos de los pacientes, el manejo de las finanzas del hogar y el gasto de bolsillo asociado al cuidado, las estrategias para acceder a redes de apoyo social, familiar, comunitario y espiritual”.

Y sentencia sin rodeos: “Indiscutiblemente el mayor reto es lo financiero. Ya la UPC es insuficiente para brindar atención a los pacientes, ahora creo que será un reto hacer alcanzar esto para cuidadores. No es viable sin destinación de dinero”.
Jiménez complementa esta visión social al señalar que el fallo también visibiliza la precariedad de quienes cuidan, es decir, también se deben garantizar recursos para estos trabajadores: “Los cuidadores sufren muchos momentos de estrés por las tensiones sociales que enfrentan al no tener un ingreso que los soporte o que este ingreso sea insuficiente”. Para él, reconocer el cuidado como un derecho implica también reconocer el valor del trabajo invisible que realizan miles de mujeres —en su mayoría— sin salario ni respaldo institucional. Pero esto también se traduce en mayor carga financiera para garantizar la adecuada implementación de la decisión de la Corte.
¿Y ahora qué? Un cambio estructural pendiente
Todos los expertos coinciden en que el cumplimiento del fallo exige una política pública de cuidado con presupuesto amplío y propio, regulación clara y articulación intersectorial que actualmente no se tiene. Luis Jorge Hernández lo resume así: “La viabilidad exige recursos dedicados y un cambio de modelo que integre el cuidado social y sanitario de forma estructural. El Estado debe asegurar el financiamiento específico y expedir el Protocolo Nacional de Valoración de la Dependencia unificado”. También propone que las EPS creen “Unidades Funcionales de Gestión de Cuidado Crónico” con gestores de caso que coordinen el acompañamiento médico y social de cada paciente.

Erwin Hernández complementa esta idea desde el terreno operativo: “Ninguna EPS va a poder hacer esto sola. Este tipo de acompañamiento va a requerir el trabajo de conjunto con las alcaldías, programas de bienestar social, secretarías de Salud y organizaciones comunitarias”. A su juicio, la clave está en transformar la sentencia en una oportunidad de país: “No se trata de una obligación burocrática, sino de un llamado ético y civilizado para recordarnos la importancia de vivir y morir con dignidad, acompañadas, con sentido y con afecto”.
Los expertos coinciden en que el país no puede limitarse a celebrar la decisión: debe preguntarse cómo financiarla, implementarla y supervisarla. Como concluye Jiménez, “el debate sobre hasta dónde, hasta cuándo y con qué fuente de financiación se pueden dar este tipo de servicios” apenas comienza. Y mientras ese debate se desarrolla, el mensaje del fallo quedó estampado en la ley: el cuidado dejó de ser un asunto doméstico para convertirse en un asunto de Estado.
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