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País

Personas trans podrán acceder a terapias hormonales y otros procedimientos sin restricción

El fallo de la Corte busca proteger el acceso a procedimientos de reafirmación de género para personas trans, sin que tengan ningún tipo de barrera. Esto cobija a los menores de edad.

Por: María Fitzgerald

La Corte Constitucional emitió un fallo el 7 de julio en el que exige al Ministerio de Salud crear una guía puntual para que se garantice el acceso a la salud a personas transgénero, sin que exista ningún tipo de condicionante ni barrera para tenerlo.

En el fallo, la Corte pide respetar los procedimientos de afirmación de género que atraviesen las personas transgénero, independientemente de sus condiciones y abriendo el acceso a personas menores de edad: “Es claro que los menores de edad tienen derecho a la identidad de género, lo cual comprende el derecho a acceder a los tratamientos médicos de afirmación de género. Este reconocimiento también corresponde con el hecho de que el momento de ese autorreconocimiento de la identidad de género ocurre desde temprana edad”, asegura el fallo.

Esto permitirá que las personas transgénero puedan acceder sin barreras a procedimientos como: la mastectomía (o masculinización del tórax), reasignaciones genitales, cirugías estéticas que feminicen o masculinicen ciertos rasgos faciales y, la principal de ellas, terapias de reemplazo hormonal. Todo esto, además, debe permitir el acompañamiento de profesionales de salud mental que ayuden en el proceso, y debe poder hacerse a través de todos los sistemas de salud, incluyendo las EPS.

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