La disputa entre la Justicia Penal Militar y la Fiscalía por la investigación de Tierralta

Crédito: Archivo Particular

La disputa entre la Justicia Penal Militar y la Fiscalía por la investigación de Tierralta

En rueda de prensa realizada en la noche del miércoles 13 de septiembre, el fiscal general de la nación, Francisco Barbosa, aseguró que la única instancia judicial para adelantar el proceso investigativo y penal por los hechos ocurridos en Tierralta, Córdoba, es el despacho a su cargo. Otra cosa piensa la Justicia Penal Militar.

Por: Redacción Cambio

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En un comunicado publicado este jueves 14 de septiembre, la Justicia Penal Militar aclaró a la opinión que sí es competente para indagar de manera preliminar los hechos en los que están involucrados un grupo de militares que amenazaron a la comunidad de Bocas del Manso, zona rural de Tierralta, Córdoba.

“La Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial respalda al juez 101 de Instrucción Penal Militar y Policial, frente a los cuestionamientos expresados por el fiscal general, Francisco Barbosa públicos de otras autoridades de la República, tras la apertura de investigación preliminar por el presunto delito de Abuso de Autoridad Especial (Art. 165 Ley 1407/2010), en que pudieron haber incurrido miembros del Ejército Nacional el pasado 11 de septiembre en la vereda Bocas del Manso de Tierralta-Córdoba”, indica el comunicado.

El documento agrega que su actuación obedece al ejercicio legítimo de la acción penal por parte de una Jurisdicción Especializada, ya que  los hechos fueron cometidos por miembros de la fuerza pública, ”lo que también a primera vista permite verificar que no se trataría de una intromisión arbitraria en las competencias de la jurisdicción ordinaria”

La Justicia Penal Militar y Policial asegura que, si se comprueba que los hechos fueron ajenos al ámbito funcional de la fuerza pública, “se ponga en duda la competencia de la jurisdicción castrense y, conforme lo dispone la ley y lo ha desarrollado la jurisprudencia, haya que remitirse la actuación a la jurisdicción ordinaria”. 

Indica también que “para efectuar tales valoraciones, se requiere tener un mínimo de conocimiento procesal, siendo necesario adelantar por lo menos una investigación preliminar; lo que en sí mismo no conlleva ningún grado de impertinencia”.

Por tal motivo, la Justicia Penal hace una invitación a materializar el principio de colaboración armónica entre las instituciones, desde sus competencias, realizando de buena fe las acciones que legítimamente le corresponden, en aras de encontrar la verdad y dispensar justicia, "sin descalificaciones y palabras altisonantes, que ningún beneficio otorgan a la institucionalidad. Si persisten diferencias, invita a tramitarlas inteligentemente, por los cauces previstos en la ley; para el caso, por vía del conflicto de jurisdicciones”, concluye el comunicado.

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