¿Cómo afecta la decisión de la Corte Constitucional sobre la pensión de las mujeres?
7 Junio 2023

¿Cómo afecta la decisión de la Corte Constitucional sobre la pensión de las mujeres?

Crédito: Fotoilustración: Yamith Mariño

Hay quienes sostienen que la declaración de inconstitucionalidad de las 1.300 semanas de cotización en Colpensiones no solo no cierra la brecha de género sino que contribuye a ampliarla. ¿Por qué?

Por: Angélica M. Gómez

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En el régimen de reparto –o de prima media–, administrado por Colpensiones, los cotizantes deben cumplir dos condiciones para solicitar su pensión o devolución de saldos: acumular mínimo 1.300 semanas de cotización y cumplir 57 años si es mujer o 62 años si es hombre.

Sin embargo, la Corte Constitucional decidió recientemente que es inconstitucional pedirles a las mujeres que coticen al menos durante 1.300 semanas para lograr una pensión en el régimen público y le pidió al Congreso que reglamente el tema, para que el requisito sea diferente. 

La alta corte también advirtió que, para evitar un efecto demasiado fuerte en las cuentas de la nación, este cambio empezará a regir el primero de enero de 2026. Si para ese momento el Congreso –pese a que hay en trámite una reforma pensional– no logra arreglar este punto del régimen de prima media, entonces se aplicará el sistema que propone la Corte: en 2026 las mujeres tendrían que cotizar mínimo 1.250 semanas; durante los años siguientes, la cuenta se bajaría de a 25 semanas por año hasta lograr un mínimo de 1.000 semanas cotizadas. 

Los magistrados reconocieron que las condiciones para que las mujeres logren una pensión son más difíciles que las que deben cumplir los hombres, que, entre otras cosas, tienen cinco años más para cotizar a pensiones. 

Según datos de la Unidad de Gestión de Parafiscales y Pensiones (UGPP), un hombre que empiece a cotizar para pensión a los 31 años logra el objetivo de jubilarse, pero si una mujer lo hace a la misma edad –aunque sea más constante que el hombre– no logra pensionarse. Esto pasa porque las mujeres tienden más a la informalidad dada su carga de cuidado no remunerado en el hogar, lo que hace que acumulen menos semanas de cotización y, en promedio, tienen salarios más bajos, es decir que ahorran montos más pequeños. 

El registro de 2022 ante la UGPP respecto de las contribuciones a seguridad social reveló que en ese año los hombres cotizaron en promedio 39 semanas de 50 posibles; las mujeres cotizaron 38 semanas en promedio, aunque con diferencias según la edad y nivel de ingreso.

Buenas intenciones con efectos indeseados

Sin embargo, los expertos en el tema advierten que la decisión de la Corte Constitucional tiene al menos dos efectos negativos: disminuye los ingresos que le podrían entrar a Colpensiones para financiar el régimen, lo que representaría que el Gobierno deba pagarle más para cubrir las mesadas pensionales, y le quita más tiempo a las mujeres para lograr un ahorro suficiente para pensionarse. 

Daniel Wills, vicepresidente técnico de la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (Asofondos) dijo: “Desde Asofondos siempre aplaudimos cualquier medida que propenda por proteger los derechos de las mujeres. En este caso, la medida implica que gradualmente tendría que bajar el número de semanas mínimas que tienen que cotizar las mujeres para acceder a su pensión, pero hay que recordar que menos semanas cotizadas implica que el sistema de pensiones va a recibir menos recursos para pagar las mismas pensiones, y entonces el Gobierno y el Congreso tienen que trabajar en buscar cuál va a ser la fuente para reemplazar esos recursos que ya no le van a llegar al sistema de pensiones”.

Además, en las condiciones actuales del sistema de pensiones se abriría una nueva diferencia entre los regímenes: en el de prima media, el de Colpensiones, las mujeres podrían pensionarse con 1.000 semanas si logran el ahorro mínimo, para tener al menos un salario mínimo. En el régimen de ahorro individual, el de las AFP, se necesitarían mínimo 1.125 semanas y el ahorro mínimo.

Martha Susana Jaimes, economista investigadora del Institute for Women's Policy Research, advirtió que la decisión de la Corte Constitucional no solo no ayuda a cerrar la brecha de género en el sistema pensional, sino que puede dar paso a que esta se amplíe más. 

Hay varias razones para prever que esas brechas se ampliarán. La primera es que las mujeres tendrán que hacer un mayor esfuerzo para cotizar para su pensión con un monto más alto y así lograr una mesada pensional al cumplir 57 años y 1.000 semanas de cotización. Lo mismo pasaría si la medida se aplicara también al régimen de ahorro individual.

“Hay una brecha salarial de 11 por ciento entre hombres y mujeres. En Colombia, por cada 100 pesos que se gana un hombre, una mujer se gana 89 pesos. Esto quiere decir que no solo gana menos, sino que obviamente va a tener que hacer un esfuerzo de ahorro mucho más alto para poder alcanzar el capital necesario para jubilarse a los 57 años y con 1.000 semanas de cotización. Además, ese capital le tiene que alcanzar por un mayor número de años, porque no solo está retirándose más temprano de la fuerza laboral, sino que tiene una expectativa de vida mucho más alta”, explicó Jaimes.

Esto obligaría a que las mujeres deban cotizar cerca del 20 por ciento de su ingreso mensual, pero teniendo un salario en promedio 11 por ciento más bajo que el de un hombre y sin contar con las interrupciones en su vida laboral por cuenta de la carga de cuidado no remunerado. 

Además, agrega la experta, “desafortunadamente estas formas de discriminación positiva lo que hacen es que llevan a que el mercado laboral perciba el beneficio que el sistema pensional está dando como un mayor riesgo de que la mujer se retire del puesto de trabajo. Por ejemplo, para un empleador, si recibe la solicitud de trabajo de un hombre de 55 años y de una mujer de 55 años, con exactamente las mismas aptitudes, va a haber una mayor probabilidad de que emplee al hombre porque la mujer tiene por derecho la capacidad de retirarse dos años después de contratada, mientras el hombre tiene la posibilidad de quedarse o tiene el requerimiento de quedarse al menos siete años más”. 

El efecto, además, se daría en un momento en el que la población está envejeciendo. Lo que se ha sugerido, más bien, es que se aumente la edad de pensión, como han hecho otros países, dado que cada año nacen menos jóvenes y la población es más longeva, lo que ya impone un reto para el pago de pensiones en el futuro. 

El efecto en la reforma pensional

La reforma pensional que plantea el Gobierno no ha pasado ni siquiera su primer debate en la Comisión Séptima del Senado, lo que le da 14 días para evitar que, ante el cambio de legislatura, la iniciativa quede eliminada de la agenda del Congreso y el trámite deba volver a empezar. 

Pero la decisión de la Corte Constitucional cambia los cálculos del pasivo pensional y obligaría a hacerle modificaciones a la reforma, que solo contempla cambiar las condiciones para las mujeres en los pilares solidario y semicontributivo, en los que tendría que cumplir 60 años para acceder a alguno de estos pilares según su nivel de ingreso y –si cotizó a pensión– la cantidad de semanas acumuladas. 

Para el pilar contributivo, en el que se pensionarían quienes logren las 1.300 semanas de cotización y el monto para al menos una pensión de salario mínimo, la reforma ahora tendría que incluir que las mujeres se pueden pensionar con 1.000 semanas. Si sus ingresos estuvieron en el rango de entre uno y tres salarios mínimos, Colpensiones tendría que asignarles un mayor subsidio, pues, como se mencionó anteriormente, tienen menos capacidad de ahorro y viven más.

Ahora le corresponde al Congreso reglamentar antes del primero de enero de 2026 lo ordenado por la Corte Constitucional y tomar decisiones sobre la reforma pensional.

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