Estos son los trabajadores a los que no aplica la reducción de la jornada laboral

Crédito: Colprensa

15 Julio 2024 12:07 pm

Estos son los trabajadores a los que no aplica la reducción de la jornada laboral

Aunque muchos empleados podrán disfrutar de la reducción gradual de la jornada laboral, la ley no aplica para todos. Conozca los detalles.

Por: Redacción Cambio

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Con la llegada de la Ley 2101 de 2021, los trabajadores en Colombia podrán disfrutar de la reducción gradual de la jornada laboral hasta alcanzar las 42 horas semanales, sin ver una reducción en su sueldo ni mucho menos que por ello se afecten sus derechos y garantías. 

Antes de que entrara en vigencia la norma, Colombia se ubicaba como uno de los países en dónde más tiempo se trabajaba. Por ello, para adaptarse a los límites recomendados por la Organización Internacional del Trabajo, se decidió la reducción. 

El plan del Gobierno buscó mitigar el impacto económico para las empresas, por lo que se estableció que la disminución de la jornada semanal sería gradual y en una hora menos por año. 

En  2023, pasó de 48 a 47 horas. Desde este 16 de julio será de 46 horas; el 16 de julio del 2025 pasará a 44 horas y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de 42 horas semanales máximas.

Se espera que en 2026 la jornada laboral en Colombia se quede en 42 horas semanales.
Se espera que en 2026 la jornada laboral en Colombia se quede en 42 horas semanales. Foto: Colprensa. 

Dado que igual va a ocurrir la reducción, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, explicó que los empleadores y empresas pueden disminuir desde ya a 42 horas semanales las jornadas. Sin embargo, la medida no aplica para todos los trabajadores del territorio nacional

Trabajadores a los que no aplica la ley

Según explicó el Ministerio del Trabajo, esta ley va dirigida a todos los trabajadores del sector privado, es decir, a todas las personas naturales que suscribieron un contrato laboral con empresas privadas

Sin embargo, precisaron que "no aplica para las y los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo". 

También hay algunas ocupaciones particulares de alto riesgo que requieren una evaluación individualizada. El Gobierno tiene la potestad de ajustar la jornada de estas personas en función de análisis especializados sobre sus labores. 

Por último, la norma excluye a los menores de edad que están autorizados para trabajar. Estos cuentan con condiciones específicas para regular su situación laboral y garantizar tanto su bienestar como su integridad. 

La reducción de la jornada laboral no aplica para menores de edad con permiso para trabajar.
La reducción de la jornada laboral no aplica para menores de edad con permiso para trabajar.  Foto: Colprensa. 

Aspectos a tener en cuenta del nuevo marco normativo

La reducción de la jornada laboral implica que el valor de la hora diaria aumente. Los empleadores deben encargarse de realizar el cálculo en función del salario del trabajador sin disminuir su remuneración para también tener el nuevo monto para pagar por horas extras, los recargos nocturnos, dominicales y festivos.

En todo caso, si se llega a presentar algún inconveniente, tanto el trabajador como el empleador se pueden acercar a las inspecciones laborales del Ministerio del Trabajo que están disponibles en todo el territorio nacional. 

El nuevo marco normativo permite negociar. Aunque hay limitaciones. Se puede acordar la posibilidad de turnos sucesivos de hasta seis horas al días y 36 horas a la semana en aquellos cargos que no requieren muchos horas de ejecución al día. 

Sin embargo, no se pueden imponer dos turnos el mismo día sin el consentimiento del trabajador, excepto si se trata de un cargo clave de supervisión, dirección o de confianza. 

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