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Cobro de valoración por obras en Bogotá.
Justicia

Corte Constitucional toma importante decisión sobre el cobro de la valoración: detalles

La ley del Plan de Desarrollo de Gustavo Petro introdujo un cambio sustancial en la forma como se cobra la valorización a las personas que tienen un predio, y ven beneficiadas por obras que se hacen en cercanías del mismo. Desde 2023, el cobro se podía aplicar no solo antes o durante la ejecución de la obra, sino hasta cinco años después de iniciada. La Corte tumbó ese ajuste. Le contamos qué implica esta decisión.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Si usted es dueño de un predio y en cercanía de ese predio la Alcaldía correspondiente arranca una serie de obras que potencialmente podrán valorizarlo, usted tendrá que pagar la valorización. Es una contribución obligatoria, no un impuesto, que se usa como mecanismo de financiación de las mismas obras.

Según la ley, es un gravamen que recae sobre el beneficio económico adquirido por inmuebles aledaños a una obra pública de infraestructura. Y tiene una forma específica de cobrarse a las personas.

Una ley de 2016 señalaba que la Contribución Nacional de Valorización se podía aprobar antes o durante de la ejecución del proyecto. En el caso de Bogotá, ese cobro lo hace el Instituto de Desarrollo Urbano. Ahora, en 2023, el Congreso introdujo un cambio a la forma de cobrar en la Ley que aprobó el Plan de Desarrollo de Gustavo Petro.

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