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País

Freno y acelerador en la industria del cannabis

Con la expedición de la Resolución 227 de 2022 se reglamenta el Decreto 811 de 2021, en relación con las licencias, cupos y autorizaciones para el acceso seguro e informado al uso del cannabis y de la planta de cannabis, sus derivados y productos.

La expedición de una nueva resolución por parte del Ministerio de Salud que pone las reglas para el uso industrial de la planta de marihuana, sin flor, dejó a los empresarios del sector con un sabor agridulce: Necesitaban de las normas para salir adelante, pero sienten que la lista de exigencias se sigue alargando.

Por: María Díaz

El domingo 20 de febrero el presidente Iván Duque informó sobre la expedición de la Resolución 227 de 2022 que reglamenta el Decreto 811 de 2021, en relación con las licencias, cupos y autorizaciones para el acceso seguro e informado al uso del cannabis y de la planta de cannabis, sus derivados y productos, y otras disposiciones. En pocas palabras, reglamenta nuevos usos para la planta de marihuana (todo excepto la flor).

La resolución implica avances respecto de los usos del componente vegetal de la planta (raíces, tallos, grano, etc) que no contiene cannbidiol CBD ni tetrahidrocannabinol (THC) que es el componente psicoactivo del cannabis, según explica Leonardo Arregoces, director de medicamentos y tecnologías de salud de MinSalud. Esta noticia abre una puerta para la industria porque el componente vegetal se puede utilizar en bebidas, alimentos y suplementos dietarios.

Además, aclara otra serie de procedimientos respectivos a la exportación de flor seca, las licencias y los cupos entre otros.

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