
Fotomultas en Bogotá: ya no se requiere identificar al conductor para imponer un comparendo
La sentencia C-321 de 2022 de la Corte Constitucional determinó que, en la capital del país, el dueño de un vehículo se debe responsabilizar de él, por lo que los conductores deben velar porque su carro cumpla las normas de tránsito para evitar sanciones. ¿De qué se trata la nueva regla de las fotomultas?
Por: Redacción Cambio
La Corte Constitucional determinó, a partir de la sentencia C-321 de 2022, que el propietario de un carro en Bogotá es enteramente su responsable, por lo que debe asegurarse que el vehículo cumpla a cabalidad las normas de tránsito.
Por este motivo, según explica la Secretaría Distrital de Movilidad, ya no se requiere saber quién es la persona que manejaba el automotor para imponer una infracción.
📣¡Ya no es necesario determinar quién conduce un vehículo para sancionar una infracción!
— Movilidad Bogotá (@SectorMovilidad) February 6, 2023
A través de la sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional estableció que el propietario es responsable de su tenencia y debe velar por el cumplimiento de las normas de tránsito. pic.twitter.com/HLOZKWnOoe
Artículo exclusivo para suscriptores
Suscríbete para acceder a todo nuestro contenido.
SuscribirmeLea los comentarios









