
Tribunal de Santander reconoció al páramo de Santurbán como sujeto de derechos: ¿por qué es clave para su protección?
En el histórico fallo se determinó que el páramo goza de protección jurídica propia debido a que es un sujeto viviente, vulnerable y protegido bajo el principio de precaución ambiental. Además, se establecieron medidas para evitar nuevas actividades extractivas.
Por: Jonathan Beltrán
El Tribunal Administrativo de Santander reconoció como entidad sujeto de derechos, titular de la protección, mantenimiento y restauración al páramo de Santurbán. Con la decisión, se abre la puerta a nuevas herramientas jurídicas que permiten exigir su defensa frente a actividades extractivas o intervenciones que podrían representar amenazas a su integridad ecológica.
Suscríbase aquí si le gusta el periodismo independiente. CAMBIO, la verdad siempre
La decisión, que contó con ponencia del magistrado Iván Fernando Prada, establece que el páramo de Santurbán es un sujeto de derechos individualizables, por lo que el Estado debe establecer mecanismos para garantizar su protección integral. Asimismo, se reiteró la necesidad de fijar medidas orientadas a su protección, conservación, mantenimiento y eventual restauración.
Artículo exclusivo para suscriptores
Suscríbete para acceder a todo nuestro contenido.
SuscribirmeLea los comentarios







