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Peso a peso, paso a paso

Unión marital de hecho: ¿cómo se configura, qué obligaciones tiene y cómo se disuelve?

¿Quieres vivir conmigo?, ¿nos mudamos juntos?, ¿vivimos bajo el mismo techo? Sea como se formule esta pregunta, es quizá una de las más importantes en la vida. Más allá de lo que significa para la relación, también se debe tener en cuenta los aspectos legales que esto implica. Dar este paso configura la unión libre, también conocida como unión marital de hecho, que se refiere a la convivencia de dos personas que comparten una relación afectiva, de pareja, sin necesidad de contraer matrimonio.

Por: Contenido especial

La unión libre ha sido reconocida y protegida por la ley 54 de1990. En otras palabras, se refiere a la pareja que, de manera voluntaria, ha decidido vivir unidos, convivir, de manera ostensible y conocida por todos, con el ánimo y la intención de formar una familia con todas las obligaciones y responsabilidades que esto conlleva.

Para la conformación de la unión marital de hecho es necesario cumplir con tres elementos: existencia de una comunidad de vida (voluntad libre y espontánea de vivir juntos), la singularidad (no exista compromiso con un tercero) y la permanencia en el tiempo.

Lo que muchos no saben es que luego de dos años de convivencia, se configura una sociedad patrimonial entre los compañeros permanentes, lo que implica que los bienes que hayan adquirido durante ese periodo de tiempo son de los dos. La ley 54 de 1990 establece que “el patrimonio o capital producto del trabajo, ayuda y socorro mutuos pertenece por partes iguales a ambos compañeros permanentes”.

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