
Corte frena provisionalmente la financiación de equipos de salud con la UPC
Guillermo Alfonso Jaramillo.
La Corte Constitucional suspendió la aplicación de una resolución del Ministerio de Salud que disponía que el 5 por ciento de la UPC iba para la operación de esos equipos, mientras el Consejo de Estado revisa de fondo una demanda contra ese acto administativo.
En medio de la crisis del sistema de salud, la Corte Constitucional acaba de tomar una decisión clave: suspendió de manera provisional los artículos 11 y 21 de la resolución 2364 de 2023 y el artículo 10 de la resolución 2366 de 2023 del Ministerio de Salud que dispusieron que el 5 por ciento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) debía destinarse para la operación de los equipos básicos de salud.
La UPC es el valor que paga el Ministerio de Salud a las EPS, por el aseguramiento en salud de cada colombiano. Con este valor se financian la mayoría de servicios y tecnologías en salud incluidos en el Plan de Beneficios en Salud.
La decisión la tomó la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 sobre la crisis del sistema de salud y señaló que esa destinación ya no se podrá hacer, mientras el Consejo de Estado se pronuncia de fondo sobre una demanda que se presentó en contra de esa resolución que alega que ese mandato es contrario a la Constitución.
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