Gustavo Malo Fernández.
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Cartel de la toga: Corte niega libertad al exmagistrado Gustavo Malo Fernández
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La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema, en una decisión dividida, dijo que aunque Malo Fernández ya ha pagado más de las tres quintas partes de la condena que le fue impuesta, aún no puede quedar en libertad por la dura lesión que provocó a la sociedad en su participación en el cartel de la toga.
La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó el pedido de libertad que elevó el exmagistrado de ese alto tribunal Gustavo Malo Fernández, quien fue condenado a 116 meses de prisión por su participación en el escándalo de corrupción conocido como el cartel de la toga.
Al analizar la documentación, la Sala determinó que Malo ya pagó más de las tres quintas partes de la pena impuesta pues, al 17 de julio de este año, ha purgado 62 meses y 3 días de prisión, a los que se deben sumar 15 meses y 5 días que ha logrado redimir con su comportamiento en la cárcel. También se acreditó que Malo ha tenido una conducta "ejemplar" en prisión, que es uno de los requisitos para poder quedar en libertad de manera anticipada.
Aunque esos elementos bastarían para otorgarle la libertad, la Sala de Primera Instancia, en una decisión que tiene un salvamento de voto, consideró que aún no se puede dar el beneficio debido a la gravedad de la conducta que cometió, que fue aliarse con Luis Gustavo Moreno Rivera y Francisco Javier Ricaurte, para lesionar la administración de justicia y direccionar procesos a su cargo a cambio de dinero.
"Cuando esta Sala Especial valoró la conducta de Malo Fernández, censuró su disposición para vender la función judicial y el gravísimo daño que causó al Estado y particularmente a la Rama Judicial por vincularse a un entramado criminal de alto perfil que, no solamente dejó por el suelo nuestro nombre institucional, sino el de todos quienes día a día ofrecen su conocimiento, tiempo, prestigio y vida por el restablecimiento del tejido social a través de esta sagrada misión de administrar justicia", señala la decisión.
"En contraste, los pronósticos de conducta futura del penado a partir de su comportamiento intramural, junto a la articulación que él ha tenido con la sociedad y su familia, aportan elementos de juicio que dan luces sobre la viabilidad de otorgar réditos penitenciarios a su favor, más no el pedido a esta altura de la purga a su pena, pues comprende esta Sala que, de cara a la gravísima lesión causada, amerita el cumplimiento de un mayor porcentaje de la sanción antes de hacerse acreedor al subrogado demandado", agregó la Corte.