Álvaro Uribe Vélez.
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Caso Uribe: tres magistrados quedaron impedidos para estudiar queja del expresidente
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La defensa de Álvaro Uribe presentó una queja contra la Jueza 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá Sandra Heredia, quien negó una petición de anular el proceso que se le sigue al expresidente por soborno a testigos. Los magistrados que deben resolver la queja acaban de ser separados del caso.
Los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá Carlos Andrés Guzmán, Dagoberto Hernández y Hermens Darío Lara quedaron oficialmente impedidos para resolver la queja que presentó el expresidente Álvaro Uribe Vélez en contra de la jueza que llevó la audiencia en la que quedó formalmente acusado por la presunta comisión de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal.
La defensa de Uribe presentó una queja en contra de la Jueza 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá Sandra Heredia, quien en audiencia del pasado 24 de mayo, negó una petición que había presentado pidiendo que se anulara todo lo actuado en este proceso al considerar que se habían presentado irregularidades.
La queja llegó al Tribunal Superior de Bogotá. Los magistrados citados se declararon impedidos porque, en el pasado, ya conocieron del caso Uribe cuando confirmaron la decisión de negar la preclusión del proceso.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia acaba de aceptar los impedimentos al considerar que, en efecto, los tres magistrados que componen una Sala de Decisión del Tribunal ya comprometieron su opinión en el asunto.
"Los magistrados comprometieron su criterio, en tanto emitieron juicios de valor sobre algunos de los elementos de convicción presentados por la Fiscalía y advirtieron necesaria la continuación del proceso por los delitos atribuidos a Álvaro Uribe Vélez", dijo la Sala.
"Aquello significa, en aras de garantizar la imparcialidad e independencia de la administración de justicia, que debe declararse fundada la manifestación impeditiva expresada por los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá a la luz de la causal de impedimento formulada", agregó.
En ese sentido, el análisis de fondo de la queja tendría que ser resuelta por conjueces.