Ir al contenido principal
photologuephotos2025-08whatsapp_image_2025-08-21_at_175126jpeg
Carlos Abraham Jiménez López.
Poder

El esquema de retención de dinero de subalternos que lleva a juicio al senador Carlos Abraham Jiménez

CAMBIO revela las pruebas de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia para llamar a juicio al senador de Cambio Radical Carlos Abraham Jiménez por presuntamente quedarse con el dinero que recibía una de sus asesoras. Pruebas revelan que la economista María Juliana Abadía no controlaba su tarjeta débito, no tenía el perfil para el cargo, ni sabía cuáles eran sus funciones.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Cada fin de mes y durante cuatro años, la práctica habría sido la misma: Noralba García Moreno, quien fue concejala y secretaria departamental del Valle, le pedía su conductor que fuera a un cajero Bancolombia y retirara todo el sueldo de María Juliana Abadía Abadía, asesora grado tres de la Unidad de Trabajo Legislativo del congresista de Cambio Radical Carlos Abraham Jiménez López. Como el tope máximo por día eran 600.000 pesos, la tarea tomaba varios días.

Abadía, economista de profesión, llegó a la UTL de Jiménez López el 31 de julio de 2014. Allí trabajó hasta el 19 de julio de 2018. Su salario básico era de 6.160.000 millones con primas y prestaciones de ley. Según las investigaciones de la Corte Suprema de Justicia, Abadía nunca manejó su sueldo, pues este habría sido producto de un pacto criminal: ella en realidad no ejercía labores de asesoría, ni asistía a su puesto de trabajo, ni conocía a sus supuestos compañeros.

Se trataría de un nombramiento ficticio, una práctica ilegal pero conocida en el Congreso, en el que representante o senador acredita falsamente que una persona en efecto ejerció labores en la UTL y esta gana el salario correspondiente. En el caso de Abadía, se trataría de más de 346 millones de pesos, razón por la cual la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia decidió acusar a Jiménez López por los delitos de peculado por apropiación agravado y falsedad ideológica en documento público.

Artículo exclusivo para suscriptores

Suscríbete para acceder a todo nuestro contenido.

Suscribirme
Finalización del artículo

Lea los comentarios

Temas en este artículo

Artículo exclusivo para suscriptores

Suscriptores

Compartir en redes sociales