¿Sanciones, multas o juicio político?: los escenarios para el presidente Gustavo Petro luego de la decisión del CNE

Crédito: Fotoilustración de Yamith Mariño

8 Octubre 2024 03:10 pm

¿Sanciones, multas o juicio político?: los escenarios para el presidente Gustavo Petro luego de la decisión del CNE

El Consejo Nacional Electoral formuló cargos contra de la campaña presidencial de Gustavo Petro. Según la ponencia avalada, los topes se sobrepasaron en más de 5.000 millones de pesos. ¿Cuáles son los escenarios para el jefe de Estado y sus coequiperos en 2022?

Por: Andrés Mateo Muñoz

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En la sesión de este 8 de octubre, la sala plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) votó mayoritariamente a favor de la ponencia de los magistrados Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático) y Benjamín Ortiz (Partido Liberal). En ella se pide formular cargos a la campaña presidencial de Gustavo Petro en 2022 por presunta violación de topes de financiamiento. 

La ponencia fue avalada por una mayoría de siete votos contra dos. Los magistrados que apoyaron la formulación de cargos fueron: César Lorduy (Cambio Radical), Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático), Benjamín Ortiz (Partido Liberal), Cristian Quiroz (Partido Alianza Verde), Martiza Martínez (Partido de La U), Alfonso Campo (Partido Conservador) y Altus Baquero (Partido Liberal). 

Al ser un momento crucial, surgen varias dudas de lo que podría pasar en el caso de que el CNE decida votar favorablemente la ponencia. CAMBIO les presenta los posibles escenarios jurídicos y políticos sobre el caso de la campaña de Gustavo Petro en 2022.

¿Cómo inició la investigación?

En febrero de 2023 llegaron al CNE las primeras denuncias anónimas sobre presuntas irregularidades en la financiación de la campaña presidencial de Gustavo Petro. 

Después, aparecieron investigaciones de medios de comunicación, audios filtrados de Armando Benedetti y un informe de auditoría de la firma Nexia Montes y Asociados. Todos fueron adjuntados al expediente para robustecer la investigación contra la campaña 'Petro Presidente'. 

En junio de ese mismo año, el CNE designó a Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada como los investigadores del caso. Ortiz ya venía como investigador de las primeras denuncias, y Prada tenía asignadas otras desde la época de las consultas interpartidistas previas a la primera vuelta.

Ambos se dedicaron a recolectar pruebas. Fue hasta mayo de 2024 cuando radicaron la ponencia a favor de formular pliego de cargos por violación de topes a Gustavo Petro, Ricardo Roa (gerente de campaña), Maria Lucy Soto (auditora), Juan Carlos Lemus (auditor) y los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica.

La votación de la ponencia se aplazó durante varias semanas por cuenta de las recusaciones y solicitudes de rotación del expediente. Sin embargo, en la sesión del 8 de octubre se superaron los seis votos necesarios para tomar una decisión.

¿Qué viene ahora para el presidente Gustavo Petro?

Investigación Petro+CNE

Antes de la votación existían dos escenarios posibles. El primero de ellos era que la sala plena del CNE decidiera archivar la investigación, tal y como pasó en octubre de 2017 con el caso de Óscar Iván Zuluaga, Odebrecht y Duda Mendoça. En esa época, la ponencia a favor del archivo fue del exdefensor del pueblo y entonces magistrado Carlos Camargo.

La otra ruta, en la que estamos en este momento, es la aprobación de la ponencia de formulación de cargos para iniciar una fase de debate probatorio. Es decir, se abrió la puerta para que los acusados puedan defenderse. Esta fase puede durar varios meses y terminar en el cierre y archivo definitivo de la investigación o en una sanción a la campaña, al gerente y los auditores.

Es importante tener en cuenta que el CNE es un órgano que solo puede imponer sanciones administrativas. 

Por ello las eventuales sanciones a la campaña de Petro consistirán en multas y en la devolución de los recursos que el Estado giró por reposición de votos a la Colombia Humana y la Unión Patriótica, ya sea total o parcialmente. Un duro golpe financiero a estas dos colectividades.

En ningún caso se determinará la salida del cargo del presidente Petro ni de la vicepresidenta Francia Márquez. Ni siquiera es suficiente el artículo 109 de la Constitución, el cual establece que la violación de topes implica "la pérdida de investidura o del cargo", pero no especifica qué ocurre si se trata de un aforado como el jefe de Estado.

Sin embargo, al CNE sí le corresponde compulsar copias a la Fiscalía, la Corte Suprema y la Comisión de Acusaciones de la Cámara, que llevan o pueden iniciar otros procesos de tipo penal y disciplinario.

Por ejemplo, la violación de topes es un delito electoral por el que hay una pena de prisión de cuatro a ocho años para quien haya administrado los recursos, por ejemplo, Ricardo Roa. Además, una multa correspondiente al mismo valor de lo excedido e inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

En el caso del presidente Petro, al ser un aforado constitucional, tiene como juez natural a la Comisión de Acusaciones en el Congreso. Esa célula legislativa tiene tres representantes investigadores: Alirio Uribe, Wilmer Carrillo y Gloria Arizabaleta.

En mayo pasado, los tres congresistas le pidieron al CNE el envío de todas las investigaciones en contra del jefe de Estado al considerar que el órgano electoral no era competente para investigar al mandatario.

Un mes después, el debate lo cerró el Consejo de Estado, que confirmó que “corresponde al CNE adelantar las actuaciones administrativas tendientes a la investigación y posterior decisión de fondo frente a los hechos que constituyan una violación de topes de la campaña electoral”.

Sin embargo, el debate jurídico está lejos de terminar. Para algunos juristas, el CNE sí tiene la competencia de investigar y eventualmente sancionar la campaña presidencial pero no al presidente, sin importar si se trata de una sanción administrativa. Por ello, no procedía la formulación de cargos en contra de Petro -como lo dijo el mismo CNE en su comunicado- sino el traslado del expediente a la Comisión de Acusaciones.

Otras voces señalan que el Consejo de Estado ya dejó claro que el CNE sí puede investigar y sancionar al presidente en el campo administrativo pero no en el penal o disciplinario. En todo caso, el consenso es que de ninguna manera ese organismo electoral puede tumbar al jefe de Estado.

¿Y qué pasa en la Comisión de Acusaciones?

Al ser un aforado constitucional, como los magistrados de las altas cortes y la fiscal general, el presidente debe ser acusado, mas no juzgado, por esta instancia del poder Legislativo. Aquí ya tiene a tres congresistas investigadores –Arizabaleta, Uribe y Carrillo–, quienes todavía están en las labores investigativas.

Cuando culmine esta etapa, los tres congresistas tendrán que presentar al presidente de la Comisión de Acusaciones el proyecto de acusación o preclusión de la investigación. Cinco días después, los 18 congresistas que hacen parte de esa célula legislativa se reunirán para evaluar el proyecto y votar a favor y en contra. La mayoría para tomar una decisión debe ser absoluta, es decir, 10 de 18 votos.

Aquí las cargas tampoco están definidas por completo. Por un lado, hay congresistas leales al Gobierno: Alirio Uribe, Gloria Arizabaleta, María Eugenia Lopera y Alejandro Ocampo. Pero también abiertamente opositores, como Hernán Cadavid, Óscar Villamizar, Katherine Miranda y Jorge Tovar (hijo del exjefe paramilitar Jorge 40).

Cualquiera que sea la decisión, esta debe ser remitida por el presidente de la Comisión al presidente de la Cámara para que lo aprobado se someta a votación de la plenaria. Aquí, el Gobierno ha demostrado mantener una mayoría importante gracias a bancadas como la liberal.

En esta etapa se abre la posibilidad de que la plenaria confirme la decisión de la Comisión o no. Si se vota a favor de la preclusión la investigación se archiva. Pero si se vota a favor de la acusación el caso pasa a la Comisión de Instrucción del Senado. Si esta instancia considera seguir adelante con el proceso, la acusación pasa a la plenaria del Senado.

Allí se tendrá la última palabra: archivar, remitir a la Corte Suprema de Justicia (si se trata de delitos comunes como los electorales) o iniciar audiencia pública para el juicio (si se trata de hechos cometidos en el ejercicio de funciones públicas o en relación con las mismas). 

Ningún presidente ha llegado al escenario del Senado, ni siquiera Ernesto Samper durante el proceso 8.000, que se archivó en la plenaria de la Cámara. Sin embargo, otros aforados como el exmagistrado Gustavo Malo sí completaron el ciclo. Malo fue investigado y acusado por la Cámara. La plenaria del Senado votó a favor de enviar su caso a la Corte Suprema y ese tribunal lo condenó a más de nueve años de prisión. 

En conclusión, las investigaciones y acusaciones en contra del presidente y su campaña no solo se resolverán en lo político, sino que implican un largo proceso que incluso podría llegar a su etapa final cuando haya terminado el periodo presidencial de Gustavo Petro. No obstante, las consecuencias políticas se sentirán en tiempo real para el jefe de Estado y su proyecto progresista.

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