
Ley de 'paz total' no tuvo vicios de forma: Corte Constitucional
Corte Constitucional dijo que la falta del concepto del Consejo de Política Criminal no era suficiente para tumbar la ley. No hubo pronunciamiento de fondo sobre las diferencias entre los desertores y las disidencias.
Al estudiar nuevamente la ley de 'paz total', la Sala Plena de la Corte Constitucional dijo que el hecho que en el debate en el Congreso no se presentara concepto del Consejo de Política Criminal no implica un vicio de forma que tenga la facultad de tumbar la ley.
“La Corte consideró que a pesar de la relevancia de dicho concepto en los trámites de leyes que aborden asuntos de política criminal, ninguna norma constitucional u orgánica establece que su ausencia impida el desarrollo del trámite legislativo ni constituya un vicio en la formación de las leyes”, dice el fallo.
Así lo dijo la Corte al estudiar demandas presentadas por el congresista Carlos Motoa y por las senadoras Paloma Valencia y María Fernanda Cabal.
Artículo exclusivo para suscriptores
Suscríbete para acceder a todo nuestro contenido.
SuscribirmeLea los comentarios







